Opinión

Media asta hasta...

En varias ocasiones nos hemos referido al tremendo caos protocolario que existe a nivel institucional respecto a la declaración del luto oficial y la consiguiente aplicación de su uso en lo que atañe a su expresión plástica a través de la banderas y los crespones. Insistimos en que ese desconcierto es consecuencia de la inexistencia de una normativa o reglamentación que armonice la misma y que se adapte a cada una de las administraciones a las que corresponde decretarlo.

Sucedió con ocasión del luto por las víctimas del covid-19, tal como habíamos comentado. Pues bien, un buen ejemplo es el de la Diputación, donde a día de hoy continúan en el balcón de su sede las banderas a media asta, a las que incluso se les añadió un crespón negro, elemento éste únicamente aceptado para banderas de interior donde las enseñas no se pueden colocar a media asta y con el que se significa la acción de duelo.

Es obvio que resulta chocante observar este luto, cuando el Estado ya concluyó sus muestras y homenajes de dolor. Claro que si nos atenemos al acuerdo plenario declarando el mismo, tampoco queda muy claro, pues textualmente resolvió “declarar el luto oficial en la provincia de Ourense por las víctimas del coronavirus covid-19 con efectos desde el día de la fecha y hasta el cese de la pandemia en la provincia”. Y aquí radica el lapsus interpretativo, “hasta cese pandemia” y que a la vista de cómo está el tema se va a prolongar por más tiempo.

Lo habitual es que cuando un organismo decreta dicho luto oficial, en el mismo acuerdo se determine el periodo de vigencia. Y es que respecto a la duración de tal declaración, al no existir, como indicamos, ninguna normativa reguladora, tampoco está contemplado dicho periodo de expresión de dolor y si nos atenemos a los decretos que se han venido aprobando sucesivamente por cualquier desgracia, no encontramos un denominador común, aunque parece que lo habitual es -o antes era- tres días.

Así pues, nos tememos que estas situaciones de caótica interpretación de este gesto institucional de duelo se van a seguir produciendo en tanto y cuanto no se implante un reglamento que taxativamente recoja todas las pautas que afecten a la praxis oficial para acordar una declaración de luto oficial por parte de las distintas administraciones del Estado, desde el Gobierno hasta los ayuntamientos, y cada cual actuando dentro de sus competencias en cuanto a sus respectivas banderas.

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