Opinión

Derecho de admisión

En numerosos bares y establecimientos de hostelería, por no decir en todos, se exhibe en la pared un cartel en el que con letras bien visibles se puede leer que el local se reserva el derecho de admisión para evitar que consuman clientes molestos, o a los que ya conozcan por su comportamiento incívico. El cartel no da derecho a discriminar por sexo, raza o religión o por las características personales del futuro cliente, como ha dictaminado la Justicia en muchas ocasiones. Si los propietarios de los lugares de ocio estuvieran dispuestos a colaborar aún más en el control de la pandemia podrían utilizar ese sencillo cartel para exigir a sus clientes la presentación del pasaporte covid para entrar. La vacunación no es obligatoria ni un derecho fundamental, por lo que la exigencia del pasaporte covid entra dentro de sus competencias. Se evitaría así el problema político-judicial-sanitario que se ha desatado. La justicia canaria ha denegado la imposición de esa fórmula, mientras que el Tribunal Constitucional francés la considera adecuada. El pasaporte es una garantía y los clientes consumirán con más tranquilidad.

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