Los otros dos acusados fueron condenados a 5 años de cárcel cada uno

Pena de 15 años para el portero que mató a Ussía

Un momento del juicio contra los tres porteros de la discoteca 'El balcón de Rosales', en Madrid. (Foto: ARCHIVO)
La Audiencia Provincial de Madrid condenó a 15 años de prisión a Antonio S.S., alias 'Pitoño', como responsable del homicidio de Álvaro Ussía ocurrido el 15 de noviembre de 2008 a las puertas de la discoteca 'El balcón de Rosales'. El tribunal considera que 'Pitoño' no quería matar a Álvaro Ussía pero sabía que si saltaba sobre él, el chico podía morir.
De esta forma, no acepta los argumentos de la defensa, que rechazó en el juicio que 'Pitoño' sabía que Ussía podía morir por los golpes que le daba. Además, condena a los otros dos acusados David S. y David A. a cinco años de prisión cada uno por haber sido cómplices del delito, e inhabilita a los tres para 'todos los honores, empleos y cargos públicos'. De esta forma, tampoco acepta el tribunal los argumentos de la defensa de los otros dos acusados. Sus abogados rechazaban que fueran considerados cómplices, porque opinaban que su acción no fue determinante para la muerte del joven.

A la hora de explicar lo que pasó esa noche, los jueces siguen la línea de lo que el jurado popular consideró probado que había ocurrido. La Sala explica que el 15 de noviembre de 2008 Álvaro Ussía estaba con unos amigos en la discoteca 'El balcón de Rosales, en la que trabajaban como porteros 'Pitoño', David S. y David A. Mientras estaba en el interior de las instalaciones, Ussía tuvo un incidente con una chica, que no especifica, aunque los porteros alegaron que el joven la molestó. Entonces, fue expulsado por los porteros. Una vez fuera, protestó y les insultó, originándose el altercado que desembocó en la agresión mortal.

Los jueces legos también entendieron que 'Pitoño' cometió el delito de homicidio 'aprovechándose del desequilibrio de fuerzas existente entre él como agresor en situación de superioridad y Álvaro Ussía como víctima en situación de inferioridad', y precisaron que el desequilibrio de fuerzas se explica por 'el estado de embriaguez de la víctima' del que era 'consciente' 'Pitoño', y también por 'una superioridad numérica sobre la víctima', ya que el principal acusado contaba con el apoyo de los otros dos imputados que estaban 'protegiendo su acción' frente a la posible ayuda que Álvaro pudiera recibir.

La Audiencia Provincial indica que 'sin duda, en esta situación, las posibilidades de la víctima de defenderse frente a la agresión estaban muy disminuidas'. Por su parte, David S. y David A fueron declarados cómplices porque su conducta 'favoreció' la ejecución del delito de homicidio cometido por 'Pitoño'. De hecho, el jurado dejó claro que ambos estaban junto al autor material en el momento de los hechos y recibieron los insultos de Álvaro. 'Siguen a Antonio cuando éste empuja a Álvaro escaleras arriba y cuando llegan allí, se sitúan junto al agresor cuando éste tira al suelo a la víctima de una zancadilla', señala la sentencia, que agrega que ambos impidieron que Álvaro recibiera ayuda.

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