LAS CUENTAS CLARAS

Análisis sobre la repercusión de la sentencia hipotecaria

El TS ha dictaminado que son los clientes quienes deben pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) en la constitución de hipotecas

El Tribunal Supremo ha dictaminado que son los clientes quienes deben pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) en la constitución de hipotecas, de acuerdo con lo acordado por el Pleno de la Sala Primera del alto tribunal, que da la razón a los bancos. Este asunto se aborda en el programa Las Cuentas Claras, con la opinión de Julián Pérez, abogado de la asociación de empresarios inmobiliarios y experto en este tipo de asuntos.

La sentencia del Supremo sólo estima en parte los dos recursos presentados y establece que por la constitución del préstamo, el pago incumbe al titular de la hipoteca, pero en cambio por el timbre de los documentos notariales, el impuesto corresponde a la matriz, que se abonará “por partes iguales” entre el prestamista y prestatario, y el correspondiente a las copias, por quien las solicite.

El Tribunal falla a favor de las entidades bancarias, dado que suele ser práctica habitual que los hipotecados paguen los impuestos relacionados con la constitución de las hipotecas, el grueso de los gastos relacionados con la suscripción de un préstamo hipotecario.

Julián Pérez da su punto de vista en el programa de Telemiño sobre el alcance de este fallo judicial y el margen que existe ahora para la presentación de reclamaciones ante las entidades financieras.

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