INHABILITACIÓN

El alcalde de Rairiz, condenado por prevaricación, deja el PP

photo_camera Xaquín Rodríguez Ambrosio, el día del juicio.

El juez dice que Xaquín Rodríguez contrataba en base a criterios particulares contrarios al interés colectivo

El alcalde de Rairiz de Veiga, Xosé Xaquín Rodríguez Ambrosio, se dio de baja temporalmente en el PP tras conocer la sentencia que le condena a ocho años y medio de inhabilitación para el ejercicio de cargo público por un delito de prevaricación continuada en 2007. Mientras la sentencia no sea firme -la recurrirá a la Audiencia- , el regidor acordó apartarse de la filas del PP. Por su parte, el partido le mostró su apoyo e invocó la presunción de inocencia hasta que no haya una sentencia firme . El partido también se desvincula de los hechos, recordando que el fallo alude a un periodo en que Rodríguez Ambrosio militaba en el BNG.

El Juzgado de lo Penal 2 notificó ayer la resolución con la que zanja una denuncia del portavoz del PSOE Eulogio Fernández a la fiscalía en 2008 y que llegó a juicio a finales de marzo con esta única acusación popular ya que el fiscal no apreció delito. El juez César Saco considera "acreditado" que en materia de contratos de obra, gestión de servicios públicos y suministros "se obviaron los más elementales trámites" en cuatros actos administrativos referidos a 2007. Todo ello pese a que el regidor conocía los informes de reparo y las advertencias de ilegalidad que le hacía la secretaria-interventora del Concello y que debía seguir el procedimiento legalmente establecido.

Asimismo, Rodríguez Ambrosio, en materia de subvenciones y contratación de personal,dictó hasta 32 resoluciones de la alcaldía prescindiendo total y absolutamente del procedimiento con conocimiento de su ilegalidad. "Ni siquiera en materia de contratación de personal laboral temporal se observó el principio básico de publicidad, a pesar de ser preceptivo y, según lo conocía el acusado, evitando que pudieran concurrir a dichas plazas y puestos de trabajo cualquier persona con derecho a ello", recuerda el togado, para recalcar el consiguiente perjuicio para terceros y la colectividad por la falta de publicidad de los procesos públicos de selección y de concurrencia competitiva. Es decir, inculcó los principios de constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Pese a que el acusado sostuvo que trataba de favorecer a parados, principalmente del concello de Rairiz, teniendo en cuenta sus necesidades económicas, el juez le recuerda que esta forma de proceder "no es sostenible mediante ningún método de interpretación de la ley" sino "simplemente producto de su voluntad convertida irrazonablemente en aparente fuente de normatividad ya que el regidor contrataba en base a unos criterios particulares que no tienen encaje, por sí solos, en el sistema actual de contratación administrativa". Ello deriva en "un resultado injusto ya que supone una lesión de un derecho o interés colectivo en beneficio de un reducido grupo de ciudadanos".

Xaquín Rodríguez: ‘Actuei así por necesidade social'

El propio regidor manifestó su sorpresa por la sentencia condenatoria y recordó que la fiscalía había solicitado hasta "en dos dictámenes" el sobreseimiento de la causa, al no apreciar delito. De hecho, no acusó en la vista oral.
Regidor desde 1999, presidió el Concello con el BNG y en 2011 pasó a encabezar la candidatura con el PP, por lo que era regidor nacionalista cuando se produjeron estos hechos.
Pese a reconocer supuestas irregularidades, Rodríguez Ambrosio aseguró que si bien "non cumplín ó cen por cen o procedimiento", todo lo que hizo fue por sus vecinos por una cuestión de "necesidade social", por lo que ha aclarado que tiene "a conciencia moi tranquila".
Asimismo, tal como había alegado en la vista oral, Rodríguez Ambrosio manifestó que el procedimiento utilizado en su Concello era el habitual en numerosos ayuntamientos de toda Galicia al objeto de no perder subvenciones y obra pública.

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