URBANISMO

La legalidad de la norma urbanística “aún es posible", afirma el Concello

Dibujo OURENSE
photo_camera Imagen panorámica de la ciudad. A la derecha, el viaducto del tren.

Alegará, como la Xunta, contra la posible inconstitucionalidad tras asegurar que la ordenación fue objeto de audiencia pública en el DOG

El Concello de Ourense utilizará en sus alegaciones al planteamiento de inconstitucionalidad que puede hacer caer la ordenación urbanística provisional, todos los argumentos legales posibles para intentar demostrar que la norma transitoria aprobada definitivamente por la Xunta en octubre de 2011 es plenamente constitucional. Es la estrategia, según el concejal de Urbanismo, José Cudeiro, que adoptará el gobierno municipal ante la Sala segunda de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia para evitar el bloqueo del planeamiento urbanístico hasta que pueda entrar en vigor el nuevo Plan de Urbanismo.

"Hay motivos técnicos suficientes", asegura el edil, "para sacarla adelante", teniendo en cuenta, además, que otras leyes urbanísticas autonómicas contienen el mismo artículo que para el caso de Ourense se plantea como inconstitucional, aunque la legislación más reciente sí incluye ya, precisa el edil, la necesidad de someter a información pública las resoluciones excepcionales que se aprueban por urgencia.

Pero, además, Cudeiro asegura, y eso lo incorporarán también los jurídicos en sus alegaciones, que la ordenación provisional sí fue expuesta al público, a través de su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

En realidad, sí hubo dos publicaciones en el DOG a este respecto: una resolución de la Secretaría Xeral de Ordenación del Territorio publicada el 5 de agosto de 2011, donde se daba cuenta del inicio del expediente de suspensión parcial del Plan de Ordenación Urbana de 1986 (el que estaba y está en vigor tras la anulación judicial del planeamiento de 2003); y el acuerdo de suspensión automática de los procedimientos de otorgamiento de licencias de edificación, parcelamiento y demolición, y de aprobación de instrumentos de planeamiento y gestión urbanística, en los ámbitos "que especifica o anexo a este acordo, ata a entrada en vigor da ordenación provisional que resulte aprobada polo Consello da Xunta de Galicia". Todo ello, señala, de acuerdo con el artículo 96.2 de la Lei 9/2002 del Suelo, el que ahora está en cuestión por ese planteamiento de inconstitucionalidad. La clave está, pues, en si se considera esa resolución como una audiencia pública, como pretende el Concello.

Precisamente, el mismo día que se daba a conocer esta resolución en el Diario Oficial, la entonces concejal de Urbanismo de Ourense, la socialista Aurea Soto, presentaba en rueda de prensa las alegaciones que interponía ante la Consellería del Territorio para tratar de incluir en la propuesta de ordenación el BIC de As Burgas, que la Xunta aceptó, y la reordenación urbanística en el área del Campus, que fue rechazada al haber un dictamen negativo previo de la Comisión Superior de Urbanismo.

La segunda publicación corresponde al 3 de octubre de 2011, la que formaliza el acuerdo del Consello de la Xunta de aprobación de la ordenación provisional, con 31 ámbitos públicos y privados donde quedaba desbloqueado el planeamiento hasta la aprobación de un nuevo PXOM. Esa aparición en el DOG suponía ya la entrada en vigor de la norma, lo que impedía ya la presentación de alegaciones por las partes que se considerasen perjudicadas.
 

Los recurrentes

Desde la Asociación de propietarios de fincas urbanas, la letrada que representa a la entidad, Lucila Vázquez Gulías, precisaba ayer que, a la espera de conocer toda la resolución del Tribunal Superior de Xustiza, alegará en el mismo sentido en el que planteó el recurso conctencioso contra la aprobación de la ordenación provisional. Es decir, entiende que la norma está bien aplicada sobre los ámbitos públicos, por una cuestión de interés general, lo que la eximía de ser expuesta al trámite de información pública; pero no ocurre así, dice, en los ámbitos privados incluidos posteriormente donde, a su juicio, se "vulneran los principios constitucionales" al no haber audiencia pública. Ella invocará el principio de igualdad, alegando además que el criterio de la Xunta de incluir ámbitos privados (donde los propietarios habían tramitado y conseguido la aprobación definitiva del instrumento de equidistribución, los que reparten cargas y beneficios, y los proyectos de urbanización) no está motivado.

Desde la oposición municipal, el portavoz socialista Vázquez Barquero, cuyo partido gobernaba cuando se aprobó la ordenación, culpó a la Xunta de este problema jurídico, al incluir, precisamente, propiedades privadas en la norma transitoria, "como xa o advertimos entón". Plantea, pues, dar un tiempo para ver "cómo evoluciona" el caso aunque reconoce que no es "o mellor escenario para o urbanismo da cidade" por la inseguridad jurídica que genera a promotores e inversores.

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