Un sacerdote del colegio Salesianos de Vigo, condenado a más de 32 años de cárcel por abusar de seis menores

El sacerdote prestó declaración en la sala cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra.
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Los hechos sucedieron en un campamento en 2019 cuando los escolares tenían 15 años

Un sacerdote y profesor de religión del colegio Salesianos de Vigo ha sido condenado a 32 años y medio de prisión y a 36 años de libertad vigilada por abusar de seis alumnos del centro en 2019, cuando tenían 15 años, durante unas actividades extraescolares.

En concreto, los hechos sucedieron en un campamento que tuvo lugar en Cambados y en una peregrinación a Santiago de Compostela, así como, respecto a uno de los menores, durante la visualización de la final de la Champions League en una asociación juvenil de la que el colegio estaba a cargo. Así lo ha decretado la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que considera acreditado que el investigado cometió siete delitos de abuso sexual, tres de ellos continuados.

Además de la pena de prisión, le ha impuesto el pago de una indemnización de 76.000 euros al conjunto de las víctimas, pues entiende que “no cabe ninguna duda de que todas y cada una de ellas han sufrido un daño psicológico evidente”, así como la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto con menores por tiempo superior en 31 años de la pena de prisión.

El tribunal considera que el acusado aprovechó “la situación de superioridad derivada de su profesión”, de la confianza que los menores y de la relación de amistad que les unía, “que iba más allá de la de profesor-alumno”, para realizarles tocamientos. Los magistrados subrayan que la determinación de la autoría ha sido consecuencia, fundamentalmente, del testimonio de las víctimas, quienes declararon que se quedaron “en shock” cuando les ocurrió.

“Todas estas circunstancias no solo eran conocidas por el encausado, sino que, además, fueron aprovechadas por él para conseguir satisfacer su deseo sexual, actuando, además, en las horas nocturnas, cuando el estado de alerta disminuye y el nivel de conciencia decrece”, apuntan los jueces.

Los magistrados también destacan que los estudiantes carecen de “motivación espuria, animadversión o interés en perjudicar al encausado”, pues todos ellos pusieron de manifiesto “la buena relación que mantenían antes de los hechos”, pues no solo era un profesor, sino que lo consideraban “su amigo, su referente”.

El tribunal  rechaza la línea defensiva que pretendía “abrir la posibilidad de que los hechos pudiera haberlos cometido otra persona y que los menores se equivocasen en su identificación”. Contra la resolución de la Audiencia Provincial de Pontevedra cabe presentar recurso de apelación. 

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