Los sindicatos aplauden que el TC ampare a los profesores de religión

La Federación Estatal de Profesores de Enseñanza Religiosa (FEPER) y los sindicatos han valorado hoy que el Tribunal Constitucional haya reconocido el derecho de una profesora casada por lo civil a impartir clases de religión y han recalcado que los derechos de los trabajadores deben ser extensibles a todos.
El Obispado de Almería comunicó a la profesora Resurrección Galera en mayo de 2001 que no sería propuesta para continuar impartiendo religión en el curso siguiente porque su matrimonio, por lo civil, no era 'coherente' con la doctrina católica.

Hoy, el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha reconocido su derecho a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, a la libertad ideológica e intimidad personal y familiar, un fallo que, no obstante, ha sido criticado por la Confederación Católica de Padres de Alumnos (Concapa).

Desde la FEPER, su vicepresidente, Luis Guridi, se ha mostrado satisfecho con la sentencia porque, en su opinión, 'los derechos de los trabajadores están por encima de cualquier ideología'.

En declaraciones a Efe, Guridi ha señalado que los profesores van a las clases de religión 'a enseñar y a educar y no a hacer proselitismo', al tiempo que ha subrayado que desde el principio la Federación estaba convencida de que Resurrección Galera tenía la razón.

Por su parte, el secretario general de FETE-UGT, Carlos López Cortiñas, ha recordado, en declaraciones a Efe, que la normativa laboral tiene que cumplirse con todo trabajador de este país.

Además, la normativa española dice que no se puede discriminar por razones de sexo, orientación religiosa o ideología, 'y estamos de acuerdo', ha afirmado López, quien, en este sentido, ha remachado: 'la sentencia está fundamentada en la legislación de este país'.

Según ha relatado, a los profesores de religión los elige el Obispado y los paga el Estado.

Desde ANPE (Sindicato Independiente de Profesores), su presidente, Nicolás Fernández Guisado, ha valorado el fallo y ha dicho a Efe que está 'perfectamente fundamentado'.

El presidente de ANPE, quien ha indicado que la revocación de la idoneidad de los profesores de religión debería estar basada en criterios objetivos 'sin atender a circunstancias personales', ha remarcado que la sentencia 'preserva el derecho de la trabajadora'.

'Si esta persona en su momento estaba preparada y capacitada para impartir la enseñanza de la religión', el matrimonio 'no cambia este hecho', ha apuntado.

Para Augusto Serrano, portavoz del sindicato de enseñanza STES, los profesores de religión tienen que tener los mismos derechos que cualquier otro trabajador, por lo que Galera 'no puede ser discriminada por sus opiniones o forma de vida'.

'Los profesores son trabajadores y como tales tienen que tener unos derechos que no pueden estar sujetos a la voluntad discriminatoria del obispo de turno que es el que hace y deshace', ha asegurado Serrano, quien ha insistido en que la religión no debe existir en la enseñanza obligatoria.

Por el contrario, el presidente de Concapa, Luis Carbonel, ha expresado a Efe su discrepancia con la sentencia porque considera que 'una docente que dé clase de religión debe guardar coherencia entre su vida pública o notoria y lo que enseña'.

Carbonel considera que el no respetar esta coherencia puede afectar a la formación de los alumnos, quienes pueden sentir una 'gran confusión'.

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