El conductor, novel, iba a 100 kilómetros/hora y causó la muerte a una joven ruesa en 2009

Multado con 200 euros por provocar un accidente mortal

Lugar en el que ocurrió el accidente en septiembre de 2009.
Diego Rodríguez Gómez, de 21 años, ha sido condenado por una falta de homicidio por imprudencia leve a 40 días de multa, a razón de cinco euros diarios, en relación al accidente de tráfico que el 7 de septiembre de 2009 le costó la vida a una joven de A Rúa. La sentencia, que no es firme, impone, además, seis meses de retirada del permiso de conducir y el pago de las costas procesales.
Una condena muy alejada de las pretensiones de la acusación particular que ejercía la familia de la fallecida, que reclamaba para el encausado tres años de prisión y la privación del derecho a conducir durante cuatro años.

El fallo del Penal 1 reconoce que el condenado circulaba a 100 kilómetros por hora en la N-120, a su paso por Vilamartín, a una velocidad excesiva 'para su condición de conductor novel (había obtenido el carné en julio) y su inexperiencia en la conducción'. Esta circunstancia influyó en que perdiera el control del coche e invadiera el carril contrario, por el que iba la joven de 23 años Pilar Sotelo, contra la que chocó frontalmente. A consecuencia, del impacto, la chica murió en el acto.

La magistrada entiende que la prueba practicada acredita 'una negligencia leve del conductor, consistente en circular a una velocidad superior a la que le era exigida por ser novel'. Para ello, tiene en cuenta el hecho de que el cuentakilómetros del coche, tras el siniestro, marcaba 100 km/hora y que el propio acusado, en su primera declaración, admite (posteriormente la rebajó a 80 km/hora).


UN PERITO QUE NO VIO EL COCHE

Ahora bien, descarta la versión dada por el inculpado conforme a que al coche le había fallado la dirección, extremo que acreditó un perito de la defensa sin tan siquiera ver el coche. La jueza hace hincapié, además, en que el turismo había superado poco antes la Inspección Técnica.

Según la sentencia, 'no sólo existió una vulneración de la velocidad permitida sino que el acusado era un conductor inexperto con menos de tres meses de experiencia y, aún así, no respetó los límites'.

Con todo, razona que no se encuadra en una negligencia grave 'porque no se ha probado omisión de las cautelas más elementales en la conducción ni la previsibilidad del accidente era notoria'.

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