Opinión

Sobre la ética en la administración pública

La Ética pública es, como la Ética en si misma, una ciencia práctica. Es ciencia porque el estudio de la Ética en la Administración pública incluye principios generales y universales sobre la moralidad de los actos humanos realizados por el funcionario público o del gestor público, por quienes trabajan al servicio del sectro público. Y es práctica porque se ocupa fundamentalmente de la conducta libre de la persona que desempeña una función pública, proporcionándole las normas y criterios necesarios para actuar bien.

La idea de servicio a la comunidad, a la sociedad en definitiva, s el eje central de la Etica pública, como lo es la conservación, defensa y promoción el bien común. Esta idea de servicio al público, a los ciudadanos, es el fundamento constitucional de la Administración y debe conectarse con una Administración Pública que presta servicios de calidad y que promueve el ejercicio de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Una Administración que discurra en esta doble perspectiva, debe ser una Administración compuesta por personas convencidas de que la calidad de los servicios que se ofertan tiene mucho que ver con el trabajo bien terminado y de que es necesario satisfacer los intereses legítimos de los ciudadanos en los múltiples expedientes que hay que resolver. Contribuir a la Administración moderna que demanda el Estado Social y democrático significa, en última instancia, asumir el protagonismo de sentirse responsables, en función de la posición que se ocupe en el engranaje administrativo, de sacar adelante los intereses colectivos.

En un Estado Social y Democrático de Derecho, la Administración ya no es dueña del interés público sino que está llamada a articular una adecuada intercomunicación con los agentes sociales para definir las políticas públicas. Desde esta perspectiva puede entenderse mejor la función promocional de los poderes públicos, cuya misión es crear un ambiente en el que los ciudadanos puedan ejercer sus derechos fundamentales y colaborar con la propia Administración en la gestión de los intereses públicos. En este contexto, pienso que estaremos más cerca de un aparato público que oferte  ervicios de calidad y que promocione los derechos fundamentales de los ciudadanos.

El Derecho, como sabemos,  es insuficiente para cubrir toda la actuación del funcionario y para remediar los perjuicios de lo que no es conforme a los cánones de una buena administración, sobre todo en un contexto de creciente complejidad en el que la eficacia debe estar integrada en la legalidad y en los valores del servicio público. De ahí la cada vez más evidente necesidad de una Ética pública que se configure como una “ética de máximos”, fundada en principios o declaraciones universales que deben servir de guía para la reflexión, la comprensión moral y la actuación pública, en contraposición a una “ética de mínimos” basada en la mera formulación negativa de lo que no se puede hacer.

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