Opinión

Ahora, el artículo 6

Muchos ciudadanos se preguntan por qué se permite concurrir a distintas elecciones a los partidos políticos cuyo objetivo es la destrucción física de España.

Uno de ellos es Euskal Herria Bildu (EH Bildu), legalizado en 2014, miembro de la izquierda separatista vasca y navarra, y heredero de etarras y otros “patriotas” o abertzales.

Menos violentos son los independentistas catalanes, uno el PDeCat, nombre reciclado en 2016 para ocultar las corrupciones de la Convergendia Democrática de Cataluña de Pujol, Esquerra Republicana (ERC) y los anticapitalistas y antisistema CUP.  Quien podría estar más cerca de una posible ilegalización por su origen sería EH Bildu, y sin embargo, y de acuerdo con la Constitución, parecen ser los partidos “pacíficos” del independentismo catalán. Es la idea que expone el consejero permanente del Estado, antiguo magistrado del Supremo y profesor de Penal de la Complutense José Luis Manzanares, que basa esa posible ilegalización en un poco analizado artículo 6 de la Constitución. Un texto corto en el que, tras consagrar la importancia de los partidos políticos en la estructura constitucional, señala que: “Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley”. Lo importante para Manzanares es esa parte final que los declara libres “dentro del respeto a la Constitución y a la ley”.

EH Bildu no ha declarado una república anticonstitucionalmente, al menos de momento, y se presenta dentro de la ley a las elecciones, aunque sus militantes incurran en delitos penales.  

Los separatistas catalanes, sin embargo, han quebrantado ese artículo con su república, y podrían y deberían ser declarados ilegales, según este jurista.

Ese razonamiento sobre el artículo 6 es un arma tan desconocida como lo era hace solo un mes el 155.

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