Desestimada una demanda de preferentistas 'bien informados'

El banco CEISS proporcionó información verbal y escrita clara a unos preferentistas que le demandaron para recuperar la totalidad de su inversión y en modo alguno les coaccionó a la hora de adquirir productos financieros, según una sentencia judicial, emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Salamanca y firmada por el magistrado Alejandro Familiar Martín, que desestima una demanda contra el Banco CEISS interpuesta por un matrimonio de inversores, al que condena a pagar las costas.
Los demandantes pretendían la nulidad del contrato de adquisición de participaciones preferentes y de obligaciones subordinadas -en distintas operaciones efectuadas en 2009 y por un importe global de 129.000 euros- y subsidiaria de responsabilidad civil contractual. La sentencia hace referencia a distintos test superados por los inversores, de los que se desprende que estaban al corriente de los productos, y afirma que la entidad bancaria 'no sólo proporcionó información verbal y clara del producto a través de sus comerciales, sino también escrita de conformidad con la legislación vigente'.

En cuanto al dolo alegado en la demanda, la resolución judicial señala que 'como ha quedado probado', los empleados de CEiSS 'en modo alguno coaccionaron a los demandantes para que contrataran los productos objeto del litigio.

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