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🗳️ Participación: Porcentaje de participación el 23J
El próximo 23 de julio están llamados a las urnas millones de españoles para elegir en las elecciones generales al presidente del Gobierno, así como los representantes públicos en el Congreso de los Diputados y en el Senado. Entre las personas que están llamadas a cumplir con su derecho al sufragio también se incluyen los presos, aunque no en todos los casos.
¿Puede votar alguien que esté en la cárcel?
Aunque que estén internos en una prisión lleve a pensar que no pueden votar, los presos sí pueden hacerlo siempre y que en su condena no se incluya la privación al derecho del sufragio. Aunque eso sí, aquellos que sí lo tengan permitido y se encuentren internados no podrán salir del centro para hacerlo. Se habilita otra forma para que puedan cumplir con ese derecho.
Estos son los pasos a seguir desde un centro penitenciario
Los presos que se encuentran internos podrán hacerlo, pero a través del voto por correo. Será el director del propio centro penitenciario el que solicite a la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A que un empleado se desplace hasta el recinto para realizar la inscripción o corregir los errores en el Censo Electoral que pudieran existir.
Posteriormente, los internos que quieran votar deberán mostrar su DNI y en el caso de no tenerlo, el Documento de Identidad Interior que poseen todos los presos. Debe contener una imagen del interno. Luego la Oficina del Censo Electoral deberá remitir a cada centro penitenciario de sobres y papeletas electorales suficientes que van a ser entregadas personalmente por el empleado de Correos al elector.
Para finalizar, cada preso elegirá la papeleta correspondiente, la meterá en el sobre y se la entregará a la persona trabajadora de Correos, que será la que lleve a la Mesa Electoral los votos de los internos.