Los autónomos que facturen más de 50.000 euros no tributarán por el régimen de módulos

Ocultar bienes fuera del país se multará con 10.000 euros

La vicepresidenta del Gobierno Soraya Sáenz de Santamaría, durante la rueda de prensa. (Foto: ÁNGEL DÍAZ)
El Gobierno fijó una multa mínima de 10.000 euros para aquellos contribuyentes que no declaren sus cuentas en el extranjero, a los que se sumarán 5.000 euros por cada dato que se descubra y que no fuese comunicado por el contribuyente. Ésta es una de las medidas que incluye el proyecto de ley de lucha contra el fraude fiscal que aprobó el Consejo de Ministros, tal y como adelantó la vicepresidenta y portavoz del Gobierno Soraya Sáenz de Santamaría, en rueda de prensa.
El proyecto establece la obligación de comunicar las 'cuentas, valores, títulos, rentas o bienes inmuebles' en el extranjero de los que sean titulares, beneficiarios o autorizados. Se incluyen todo tipo de títulos, activos y cuentas en entidades financieras, así como valores y seguros de vida. Este tipo de delito fiscal no prescribirá y las rentas descubiertas que no fuesen declaradas se imputarán en el último periodo impositivo no prescrito. No solo afectará a la titularidad, sino también a la tenencia y adquisición de bienes y derechos no incluidos en la declaración informativa.


PAGOS EN EFECTIVO

Otra de las medidas del proyecto de ley es la prohibición de realizar pagos en efectivo superiores a 2.500 euros en las operaciones en las que intervienen empresarios y autónomos. El límite no afectará a operaciones entre particulares y se elevará a 15.000 euros en el caso de pagadores no residentes. Quienes incumplan esta ley se enfrentarán a multas del 25% del valor del pago hecho en efectivo. 'Si se incumple la limitación, tanto el que paga como el que recibe serán responsables solidarios de la infracción', dijo Sáenz de Santamaría, quien, sin embargo, recordó que si una de las partes pone en conocimiento de la Agencia Tributaria el pago no será sancionado.


RÉGIMEN DE MÓDULOS

Por otro lado, el proyecto incluye modificaciones que afectan a los empresarios ya que se establece la exclusión del régimen de módulos para aquellos que facturen menos del 50 % de sus operaciones particulares, una exclusión para aquellos cuyo volumen de rendimientos íntegros del año anterior supere los 50.000 euros, para evitar la emisión de facturas falsas. Entre estas actividades se encuentra la albañilería, la fontanería, la carpintería y el transporte de mercancías por carreteras que deberán pagar impuestos como el IVA o el IRPF en función a su actividad real.

Para garantizar el pago de las deudas con Hacienda, el proyecto permite a la Agencia Tributaria tomar medidas cautelares para evitar que los deudores se declaren en situación de insolvencia o cometan un alzamiento de bienes.

En concreto, se elimina la posibilidad de aplazamientos de créditos en situaciones de concurso, se facilitan los embargos preventivos, se amplía la responsabilidad de los sucesores de empresas liquidadas para evitar vacíos patrimoniales y se crea un nuevo supuesto de responsabilidad subsidiaria para responsables de sociedades sin patrimonio pero con actividad regular.

Además, se limita la actividad de sociedades con inmuebles participadas por deudores que se declaran sin bienes.

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