SUSPENDIDA LA CONSULTA

El Parlament desafía al Constitucional y designa a la comisión electoral del 9-N

El Govern ha presentado dos recursos al Constitucional en los que solicita el "inmediato levantamiento" de la suspensión de la ley de consultas

El Parlamento de Cataluña ha aprobado este miércoles los miembros de la Comisión de Control del 9N -el equivalente a una Junta Electoral- pese a que el Tribunal Constitucional (TC) suspendió cautelarmente la Ley de Consultas. PSC, PP y C's se han negado a votar alegando que se desoye la resolución del tribunal.

Antes de votar a los miembros de la Comisión, el pleno ha votado precisamente si eso era legal después de la suspensión del TC, lo que ha causado un intenso debate sobre si debía seguir con el orden del día: los grupos soberanistas entienden que se podía mantener porque la propuesta del Parlament es "provisional" y no es ejecutiva hasta que el presidente de la Generalitat nombre a los miembros por decreto.

Esa es la misma tesis que han defendido los letrados del Parlament en el informe sobre este debate que les encargaron PSC y PP, y que han hecho llegar a los grupos a primera hora de este miércoles: el documento considera que el debate se podía hacer porque no tiene "plenos efectos" y depende de la firma de Mas.

En cambio, PSC, PP y C's han votado en contra de que se debatiese la norma al entender que supone saltarse la suspensión cautelar de la Ley de Consultas, por lo que han rechazado participar en la votación de los miembros y han alertado de las consecuencias legales que podría acarrear.

Aunque ninguno de los tres grupos ha votado la designación, su forma de protestar ha sido distinta: mientras los diputados socialistas se han limitado a no pulsar ningún botón, los del PP han optado por levantar las manos desde su escaño para evidenciar que no votaban y los de C's han abandonado el hemiciclo.

El portavoz del PP, Enric Millo, y el líder de C's, Albert Rivera, han alertado a los diputados de que con su voto pueden incurrir en algún delito porque el acto podría conllevar consecuencias legales al ignorar, desde un cargo público, la democracia y el Estado de Derecho.

En la misma línea, el secretario tercero de la Mesa del Parlament, Pere Calbó (PP), ha pedido la palabra para advertir de que él no firmará el acuerdo del Parlament por ser ilegal y por las consecuencias que pueda conllevar.

CiU, ERC, ICV-EUiA y CUP han criticado las "amenazas" sobre las consecuencias de esta votación, y se han mostrado convencidos de que es un acto legal, porque la suspensión de la Ley de Consultas es provisional y no supone una sentencia definitiva.

FUNCIONES DE LA COMISIÓN

Los siete miembros de la Comisión de Control -la ley establece que deben ser juristas y politólogos de reconocido prestigio- son: Mercè Barceló i Serramalera; Joaquim Brugué Torruella; Alfons González Bondia; Miquel Martin Casals; Marc Marsal Ferret; Jordi Matas Dalmases, y Benet Salellas Vilar.

Las funciones de este organismo son equiparables a los de una Junta Electoral, y consisten velar por que las consultas populares no refrendarias se ajusten a los principios, reglas y requisitos que establece la Ley de Consultas, y que se lleven a cabo respetando el procedimiento y las reglas específicas de cada votación.

La Comisión, regulada en el artículo 14 de la Ley de Consultas, debe actuar con plena autonomía e independencia, y su composición -en la que debe haber mayoría de juristas- debe ser aprobada por una mayoría de tres quintas partes del Parlament -81 diputados- y renovada cada vez que empiece una legislatura.

Entre sus funciones están coordinar las comisiones de seguimiento de las consultas no refrendarias -siete en el caso del 9 de noviembre-; supervisar las actuaciones de la Administración; declarar el resultado de las consultas, y velar por las garantías de los períodos de difusión institucional de las consultas.

En el caso del 9 de noviembre, el decreto de convocatoria establece en su anexo que los miembros de la Comisión cobrarán por su trabajo durante el proceso de la consulta: 3.400 euros el presidente -que elegirán de entre uno de ellos los mismos miembros del organismo-; 3.200 el secretario, y 2.100 euros los vocales.

El Govern ha presentado hoy dos recursos al Tribunal Constitucional (TC) en los que solicita el "inmediato levantamiento" de la suspensión de la ley de consultas y el decreto de convocatoria del 9 de noviembre, y donde alega que esta decisión no generaría "perjuicios" ni situaciones "irreversibles".

El Govern de Artur Mas responde así a la suspensión cautelar de la ley de consultas y al decreto de convocatoria del 9 de noviembre que el TC dictaminó el lunes a petición del Gobierno.

Con estos recursos, la Generalitat se persona hoy para intentar abortar la suspensión cautelar, mientras sus abogados preparan las alegaciones que se presentarán en las próximas semanas para que el TC las tenga en cuenta cuando analice el fondo de la ley catalana de consultas y del decreto de convocatoria del 9N.

En los recursos presentados hoy, el Govern solicita el "inmediato levantamiento de la suspensión de los preceptos legales impugnados", así como la de los "actos y resoluciones" que se hayan podido dictar en su aplicación, para que éstos "recuperen su plena eficacia y aplicación y puedan dar cobertura legal a la consulta sobre el futuro político de Cataluña".

El Govern argumenta que el TC puede acordar el "levantamiento inmediato" de la suspensión "atendiendo a la presunción de legitimidad de las leyes y a la ponderación de los intereses perjudicados por la suspensión" y, en este sentido, remarca que está suspendida una ley del Parlament que tiene "conexión directa con la voluntad popular", lo que puede producir "perjuicios muy graves e irreparables para el interés general".

En cambio, para el Ejecutivo de Artur Mas, el levantamiento de las suspensiones cautelares del TC no produciría "perjuicios ni situaciones consolidadas e irreversibles" porque la ley catalana recurrida "no tiene carácter vinculante ni eficacia jurídica" en cuanto a los resultados de las consultas.

En los recursos, el Govern incide en que las consultas desplegadas por la ley catalana sirven para recoger la "manifestación de la opinión o posición política" de la ciudadanía, pero que "en ningún caso es asimilable a una votación electoral o a un referéndum".

Y en los textos se alude a la sentencia del TC sobre la declaración de soberanía del Parlament en la que, en su opinión, se da "legitimidad al derecho a decidir" como "libre manifestación de las aspiraciones políticas a las que sólo se puede llegar a través de un proceso ajustado a la legalidad constitucional".

Los letrados de la Generalitat advierten de que el mantenimiento de la suspensión de la ley de consultas y del decreto dejaría sin curso legal la expresión de las opiniones y las aspiraciones políticas de la ciudadanía.

"Esto determinaría no sólo un perjuicio para las instituciones de la Generalitat y los entes locales de Cataluña, que no tendrían este instrumento de participación", sino asimismo "un perjuicio manifiesto también para la ciudadanía de Cataluña, que no tendría este vehículo de expresión", recalcan.

Además, la Generalitat avisa de que el mantenimiento de las suspensiones llevaría a las instituciones catalanas a funcionar en "el sentido contrario a la mejora de la democracia", lo que supondría un perjuicio de "carácter irreversible y no reparable".

El Govern defiende que, con la ley de consultas no refrendarias, "se da cumplimiento al mandato del artículo 9.2 de la Constitución de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos" sean "reales y efectivas", y de "facilitar" la participación ciudadana en la vida política.

Asimismo, los letrados argumentan que la ley está "en coherencia" con el objetivo fijado en el preámbulo de la Constitución de establecer una sociedad "democrática y avanzada".

La Generalitat defiende que las consultas contribuyen a la "protección de derechos individuales como la libertad ideológica y la libertad de opinión, y más cuando se trata de consultas jurídicamente no vinculantes".

En este línea, la ley de consultas y el decreto de convocatoria del 9N "sirven a una finalidad de reforzar las instituciones democráticas con instrumentos de participación ciudadanos que vinculen la expresión de su opinión política, de modo que pueda ser conocida y recogida por sus representantes para, en su caso, emprender las iniciativas legislativas por los procedimientos constitucionalmente previstos".

Te puede interesar