Absuelto por demostrar que no quebrantó su condena

Un hombre, natural de la ciudad, fue absuelto de un quebrantamiento de pena por malos tratos porque, según el juez, no ha quedado acreditado que el Juzgado le hubiese notificado la liquidación de condena a un año de alejamiento de su progenitora, la víctima de los malos tratos.
A Jaime Jiménez Montoya le fue impuesta una pena de prohibición de aproximación o comunicación con su progenitora durante un año. Cumplido ese tiempo, fue hallado en casa de su madre por agentes de la Policía Nacional. Al proceder a su detención, la madre aseguró que se encontraba en el domicilio familiar con su consentimiento y él alegó que ya había cumplido la pena de un año de alejamiento. El asunto pasó al Juzgado y el juez lo absolvió porque, en efecto, la condena estaba cumplida, sólo que ese detalle no fue notificado a la Policía, que aún tenía en vigor la orden de alejamiento.

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