TRIBUNALES

Aplazado a junio el juicio por el atropello mortal de A Ponte

La vista se pospuso porque la superviviente del accidente presentó un justificante por enfermedad

El atropello que le costó la vida a José Barazal (69 años) en el barrio de A Ponte el 27 de noviembre de 2015 fue ya indemnizado por la aseguradora del coche que conducía Manuel F.L., acusado de un homicidio imprudente, delito por el que se enfrenta a dos años de prisión y dos años y medio de privación del permiso de conducir. En total, la compañía abonó 100 mil euros a la esposa de la víctima, que resultó lesionada en ese mismo accidente de tráfico, y a su hija, por lo que en la vista penal no habrá petición de responsabilidad civil por parte de la fiscal, la única parte que acusa ya que la familia, personada en un primer momento, renunció a ejercer acciones civiles y penales.

El juicio que se iba a celebrar ayer en el Penal 1 fue aplazado de nuevo. En esta ocasión, por el parte médico remitido por la viuda en la tarde del martes, desaconsejando su declaración. Ante esta incidencia, la jueza aplazó la vista para el 21 de junio (10,00 horas).

Este juicio ya se había suspendido en un primer momento en el mes de diciembre al coincidir con un día de huelga de los funcionarios de la Administración de Xustiza.

Los hechos que sentarán en el banquillo al joven Manuel F.L. ocurrieron a las 12,30 horas del 27 de noviembre de 2015. La fiscal sostiene que circulaba despistado, por el uso del teléfono móvil y a velocidad inadecuada. El accidente se produjo cuando frenó al ver un semáforo en rojo, en la intersección de la calle Jesús Pousa, y para evitar alcanzar al coche que le precedía realizó un giro brusco, lo que hizo que perdiera el control y su vehículo se saliera de la vía, arrollando a dos peatones, quienes estaban sentados en un banco esperando en la parada la llegada de un autobús urbano. José Barazal murió por el politraumatismo torácico que sufrió mientras que su esposa resultó lesionada en la piernas (tardó en curar 270 días, de los que 100 estuvo incapacitada para sus ocupaciones habituales).

La defensa del inculpado no reconoce la imprudencia grave que aprecia la fiscal y reclama la absolución. 

Te puede interesar