Condenado por requerir a una niñera y hacerle tocamientos

El Juzgado de lo Penal número uno de Ourense condenó a Martín Ferreira Álvarez, de 69 años, por una falta de vejaciones injustas a una multa de 20 días a razón de 10 euros diarios.El juez lo obligó, además, al pago de una indemnización de 300 euros a G.T.T. Lo absolvió, por otro lado, de un delito de abusos sexuales.
El fallo, conocido ayer, considera probado que el encausado, en agosto del 2008, colocó un anuncio en un supermercado de Ourense para encontrar una niñera que se ocupase de sus tres hijos menores. Llegó a contactar con G.T.T. el 17 de agosto del 2008. Ese día, sobre las 19 horas, acordó una cita con ésta en la estación de ITV de Ourense, con el objetivo de llevarla a la casa en la que trabajaría. Una vez en el lugar, la niñera entró en el vehículo del encausado, para desplazarse a su domicilio, ubicado en Ver de Fondo (Nogueira de Ramuín). En el trayecto, el acusado aprovecharía para 'realizarle un tocamiento en el pecho y varios en las piernas, a pesar de que ella le dijo que cesara en su actitud', según reza el fallo.

Al llegar a la casa del procesado, cuando estaban en uno de los baños, Martín Ferreira Álvarez le realizaría un nuevo tocamiento e intentaría abrazarla, cortándole la salida. G.T.T. pudo contactar por teléfono con su hermana y con X.A. para que la fuesen a buscar. Finalmente, acordaron que el encausado llevaría en coche a la niñera hasta otro lugar, en el que, finalmente, la recogieron. El procesado, según el fallo, 'la insultó durante el trayecto'.

Por estos hechos, Martín Ferreira Álvarez fue condenado a la multa de 200 euros, además del pago de la indemnización.

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