TRIBUNALES

Las escuchas del crimen de Vilanova destapan un quebrantamiento de condena

En la conversación se escucha como la expareja lo llama y acuerdan quedar para verse pese a la prohibición judicial

La investigación policial, en la que se incluyeron escuchas telefónicas, no halló pruebas o indicios sólidos para procesar por asesinato a los dos croatas que fueron investigados por el crimen del cura de Vilanova dos Infantes (Celanova) hace más de tres años. Pero sí pruebas para condenar a Toni F., el hijo de uno de los dos sospechosos, por quebrantamiento de medida cautelar en un caso de violencia doméstica. Según la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal 2, el inculpado, condenado a seis meses de prisión, llamó por teléfono a su expareja el 6 de diciembre de 2015 en un ocasión sin entablar conversación. Cuatro hora después sí parlamentaron después de que la mujer lo llamase. Todo ello pese a que el Juzgado de Instrucción 3 le había prohibido comunicar con ella y acercarse a menos de 300 metros.

El propio inculpado llegó a reconocer que conversó con su expareja en el cuartel de la Guardia Civil sobre el procedimiento judicial en el que fue investigado su padre por el asesinato de Adolfo Enríquez Méndez. A preguntas del fiscal, también indicó que entre ambos existía una comunicación fluida e que incluso habían ido juntos a cenas. Eso sí, a preguntas de su abogado precisó que no había entendido bien las preguntas del fiscal por su pobre manejo del idioma al ser extranjero.

El juez recuerda, además, que consta en el procedimiento las transcripciones de las conversaciones remitidas desde el Juzgado de Celanova a raíz de los pinchazos telefónicos por el sumario del párroco asesinado.  El 6 de diciembre de 2015 se escucha como el acusado y su exnovia quedan para verse. 

En sus respuestas en el juicio, según añade el ponente, Toni F. "demostró tener un envidiable conocimiento de gramática y léxico castellano". 

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