resolución

Un juez anula la designación de Dacosta al frente de Personal

Se reprocha el uso, ‘en manifiesto fraude de ley', de un puesto técnico para un político 

El acuerdo municipal por el que se nombró a Carmen Rodríguez Dacosta directora xeral de Recursos Humanos del Concello de Ourense es nulo, una resolución que constituye un nuevo varapalo para el gobierno municipal socialista. El titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ourense ha echado abajo esa designación en una sentencia -pronunciada a instancias del sindicato USO (Unión Sindical Obrera) , que había denunciado su designación- en la que asegura que incluso se produjo un caso de desviación de poder, puesto que el nombramiento "se tramitó en realidad con un único propósito: mantener a Carmen Rodríguez Dacosta en el desempeño de las funciones -de dirección política- que venía desempeñando como concejala no electa delegada de personal en el Concello de Ourense hasta que el Tribunal Constitucional obligó a cesarla".

En realidad, abunda el juez, Francisco de Cominges, "se ha utilizado así, en manifiesto fraude de ley, un puesto de perfil técnico, profesional y apolítico para mantener en nómina y en sus mismas funciones en el Ayuntamiento a la concejala de personal". Y el lolo demuestra,a severa, un posterior acuerdo de la junta de gobierno local en el que se le delegaron en bloque las mismas competencias que desempeñaba con anterioridad; por eso, insiste, "el nombramiento de dicha persona ya venía predeterminado desde el inicio del proceso selectivo. Y ello no por razones de mérito, capacidad y excelencia profesional (...) sino por criterios netamente políticos".

UN PUESTO POLÍTICO, NO TÉCNICO

La dura resolución judicial, que puede ser recurrida y que obliga al Concello a pagar las costas, recuerda que la creación de la Dirección xeral de Servicios Xerais e Recursos Humanos se creó en 2008 pero al cesar su titular, no volvió a convocarse la plaza en cuatro años. Hasta que la resolución del Constitucional eliminó la figura de ediles no electos. Fue entonces, relata, cuando, "a los pocos días", en mayo de 2013, el jefe de servicio de Personal emitió informe para la provisión "inmediata" de esa dirección general, en contra del criterio del interventor, que entendía -y así lo estima el juez- que el nombramiento de una persona nofuncionaria,comoesestecaso, tendría que efectuarse en pleno.

Recursos Humanos y secretario admitieron,sin embargo, el planteamiento del gobierno local; pero el magistrado entiende que el espíritu y finalidad de las normas al respecto es claro: "Esos puestos de alta dirección no deben ser desempeñados por cargos políticos, sino por profesionales y técnicos". Además, entiende que se han incumplido dos requisitos fundamentales; uno formal, al no haber una previsión expresa de dispensa de la condición funcionaria. Pero también, desde una perspectiva material, "no se ha motivado ni justificado mínimamente la exención de la condición funcionarial", ni se explicaron las razones, dice, "porlasqueelotrocandidatoque se presentó al puesto (funcionario de carrera, con amplia experiencia en la Administración local) reunía peor condición para desempeñarlo que Rodríguez Dacosta, que no es funcionaria". Por eso, admite también otro supuesto del sindicato demandante, sobre falta de motivación de su nombramiento.

Recuerda en varias ocasiones el juez que se le adjudicó el puesto a una persona de "marcado perfil político" y cuyos "méritos profesionales vienen constituidos en su práctica totalidad por el desempeños de cargos netamente políticos".

La propia Carmen Rodríguez expresó ayer su "máximo respeto a la sentencia", que ya está siendo analizada para la previsible presentación de un recurso. Con todo, precisa que la designación de directores generales no funcionarios es una práctica habitual en todas las administraciones y aseguró que el gobierno local en ningún momento quiso incurrir en desviación de poder.

Pero el responsable de USO en el Concello, Julio Domínguez, fue tajante: cree que Dacosta debe cesar de inmediato, y también el alcalde, Agustín Fernández, "el último responsable". Dice que la sentencia da la razón a su sindicato cuando cuestionó la política de personal del Concello, y recordó que antes de acudir a la vía contenciosa planteó todas estas "irregularidades" al propio gobierno municipal,también a través de un recurso de reposición, que fue rechazado. Criticó duramente la gestión del gobierno socialista, que mantiene a  una persona en un puesto "innecesario" pagándole "50.000 euros al año, cuando con ese sueldo podrían pagar a tres policías, que hacen más falta". 

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