Una sentencia avala que esté fuera de ordenación urbanística, lo que permite pedir la inejecución del derribo pretendido

Un juez facilita la regularización del edificio ilegal de Pérez Serantes

Edificio ubicado en los números 1 y 3 de Pérez Serantes. (Foto: Miguel Angel)
El Concello acaba de recibir un espaldarazo judicial a la solución que defiende para evitar que los vecinos del edificio número 1 y 3 de la calle Pérez Serantes de la ciudad sean desalojados del inmueble al haber declarado nula su licencia el Tribunal Superior de Xustiza. Aunque la última sentencia recibida no varía la situación judicial del inmueble, sí apoya la principal clave que esgrime la entidad municipal en su solicitud de inejecución de la sentencia de desalojo: la declaración de este inmueble fuera de ordenación.
Así, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ourense da el visto bueno al acuerdo adoptado por la junta de gobierno en junio de 2008 para situar fuera de ordenación el edificio. Esta decisión municipal había sido recurrido por la empresa constructora del inmueble, Construcciones Hermanos del Río. La resolución establece que 'resulta claro, atendiendo a todo el iter administrativo y judicial que siguió el edificio litigioso, que el referido inmueble se encuentra en situación legal de fuera de ordenación, teniendo la entidad demandada (el Concello) competencia legal para declarar tal situación'. Además, no ve ninguna causa que pueda llevar a estimar la nulidad o anulación del acuerdo.

Después de que el Tribunal Superior de Xustiza anulase la licencia de ocupación del edificio en 2005, por la cual el Concello tenía que desconectar los servicios a las viviendas y ordenar el desalojo de los vecinos; fue la propia comunidad de propietarios la que planteó ante el juzgado un incidente de inejecución de la sentencia, que todavía está tramitándose. A él se adhirió posteriormente el Concello, sustentando esta solicitud en el acuerdo de declaración de fuera de ordenación del inmueble, una decisión que ahora viene avalada por la Justicia con esta reciente resolución del Contencioso.

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