TRIBUNALES

Presentar testigos falsos inhabilita 2 años a un abogado

Apoyaron su versión en un recurso contencioso ante una multa de tráfico de  200 euros y 4 puntos 

El Juzgado de lo Penal 2 de Ourense condenó por falso testimonio a C.F.G., A. M.M. y a L. F.S., este último abogado, por mentir en un juicio contencioso a raíz de una multa de tráfico impuesta al letrado en 2011 cuando regresaba de una cena en Ribadavia. La sentencia impone seis meses de prisión y multa de 360 euros para los dos primeros pero 15 meses y un día, así como 540 euros de multa, para el abogado, además de la inhabilitación especial para ejercer su profesión durante dos años.

El fallo los considera autores de un delito de falso testimonio, en el caso del abogado, en la modalidad de presentación de testigos falsos.

Este último aseguró ayer que recurrirá el fallo en apelación ante la Audiencia de Ourense porque "es totalmente injusto", lamentando que la presunción de veracidad de los agentes de la Guardia Civil tenga más valor que los testigos que apoyaron su versión en el proceso contencioso.

Luis F.S. promovió un recurso el 11 de junio de 2012 contra una resolución de la Dirección General de Tráfico por desestimar sus alegaciones a un multa de 200 euros y pérdida de cuatro puntos del permiso de conducir por no respetar señales de los agentes, realizar maniobra inadecuadas, circular en zigzag y no detener su coche en la A-52 ante señales luminosas y sonoras en la noche del 29 de diciembre de 2011. 

En el juicio contencioso, según el fallo del Penal 2, los dos acompañantes mintieron al apoyar la versión del conductor, según la cual, el vehículo policial no les dio avisos luminosos ni acústicos ni los instó a detener el vehículo.

El Código Penal condena a quien "presentare a sabiendas testigos falsos o peritos o intérpretes medaces" e impone mayor pena en el caso de que el autor sea un abogado, procurador o fiscal. n

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