TRIBUNALES

El Senado, con el aval del PP, autoriza al Supremo a juzgar a Baltar por un delito contra la seguridad vial

El senador del PP y expresidente de la Diputación de Ourense, José Manuel Baltar (EP)
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El Pleno del Senado aprobó la autorización para suspender el aforamiento del senador Manuel Baltar y juzgarlo por un delito contra la seguridad vial

El Pleno del Senado ha aprobado, con el aval del PP, la autorización definitiva para que el Tribunal Supremo pueda dirigir un procedimiento penal contra José Manuel Baltar por un delito contra la seguridad vial por presuntamente conducir un coche a 215 kilómetros por hora en la A-52.

En una votación a puerta cerrada, el Senado ha suspendido el aforamiento del parlamentario gallego del PP y expresidente de la Diputación de Ourense, permitiendo al Tribunal Supremo a activar el procedimiento para juzgarle por este presunto delito.

La Sala de lo Penal adoptó la decisión de pedir al Senado el suplicatorio después de que la magistrada instructora de la causa, Ana Ferrer, elevara una exposición razonada para que se solicitara la autorización a la Cámara Alta con el fin de suspender la inmunidad que goza el senador como aforado y proceder penalmente contra él al haber apreciado indicios de delito.

En el marco de la resolución, el tribunal estimó pertinente suspender por ahora la tramitación de las actuaciones referidas al senador mientras que el Senado resuelva sobre la autorización solicitada, algo que finalmente ha acabado sucediendo este miércoles.

La magistrada instructora estimó proceder contra Baltar al entender que, aún aplicando el margen de error del 5% que establece la normativa sobre el resultado del radar, la cifra alcanzaría los 204 kilómetros por hora en un tramo en el que la velocidad máxima permitida era de 120 kilómetros por hora, lo que a su juicio encaja en un delito contra la seguridad vial.

"Constancia de indicios cualificados"

Ferrer indicó que, acreditada la condición de senador de Baltar, había llegado el momento en que "la constancia de indicios cualificados" hacía "imprescindible" recabar la autorización del Senado para "avanzar en el camino procesal".

La juez insistió en que era necesario pedir permiso al Senado para seguir adelante con el procedimiento penal aunque Baltar ya fue sancionado por la vía administrativa por este hecho --con una multa y la pérdida de varios puntos del carné--. Según defendió en su exposición, dicha sanción administrativa no limita al Supremo a proceder por la vía penal.

La instructora adoptó esta decisión después de que el Supremo abriera causa el pasado noviembre, tras recibir la Sala de lo Penal el testimonio de juicio rápido y las diligencias urgentes remitidos por los juzgados de Zamora y Puebla de Sanabria, incoadas en virtud de atestado de la Guardia Civil por la comisión de un supuesto delito contra la seguridad vial.

Cabe recordar que, en el marco de las diligencias de investigación, Ferrer tomó declaración a Baltar, quien compareció voluntariamente ante el Supremo el pasado 19 de diciembre para negar que condujera a esa velocidad. "No existió en ningún momento una velocidad superior a 200 kilómetros por hora", dijo su abogado, Ramón Montero, en declaraciones a la prensa.

Asimismo, la magistrada pidió a la Guardia Civil que informase sobre las especificidades de los modelos de radar que captaron a Baltar conduciendo por encima del límite de velocidad, sobre los aparatos que imprimen las multas y, en concreto, sobre qué datos se introducen automáticamente, así como dónde estaba situado el radar que le detectó el 23 de abril de 2023 en la A-52.

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