La Xunta sanciona a las eléctricas por el vaciado masivo de cuatro presas

Estado del embalse de As Portas en el día de ayer.
photo_camera Estado del embalse de As Portas en el día de ayer. (FOTO: XIANA CID)
Las concesionarias se enfrentan a multas de 25.000 euros por embalse al infringir la Ley de Pesca Continental de Galicia

La Consellería de Medio Ambiente ha abierto un expediente sancionador a las empresas eléctricas concesionarias que llevaron a cabo el vaciado de cuatro embalses de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil, concretamente los de Cenza, As Portas y Salas, en Ourense, y Belesar en Lugo. Medio Ambiente impone a las compañías la sanción máxima prevista en la Ley de Pesca Continental de Galicia, que asciende a 25.000 euros por cada embalse afectado: 100.000 euros en total.

La Xunta entiende que este vaciado masivo puede afectar a la fauna piscícola que habita esos ecosistemas, y argumenta que las concesionarias -Iberdrola en Cenza y As Portas; y Naturgy en Salas y Belesar- realizaron el desagüe “sen que o servizo provincial correspondente puidera fixar as medidas preventivas oportunas”. Especialmente grave es la situación de las presas gestionadas por Iberdrola, ya que son las únicas de la cuenca que se por debajo del 20% de su capacidad.

La Consellería, como organismo competente en materia de protección de la riqueza piscícola, adopta esta decisión en base al artículo 83 del reglamento autonómico de pesca fluvial, donde se estipula que es el organismo autonómico el que debe dar la autorización para realizar estos vaciados.

El Gobierno autonómico explica que el objetivo principal al que responde esta acción, en estos momentos, es “depurar responsabilidades polo baleirado realizado sen autorización en varios encoros da conca Miño-Sil”. La Xunta entiende que estos son “uns feitos, en todo caso, non imputables de ningún xeito á acción do Goberno galego”.

Culpa a CHMS y empresas

Medio Ambiente recuerda que “correspóndelle ao organismo competente en aproveitamentos hidráulicos en cada demarcación, neste caso a Confederación, notificarlle á Consellería que se quere efectuar un baleirado nunha presa para que esta informe sobre as medidas que se deben adoptar previamente, co fin de garantir que a súa execución non prexudicará ás poboacións existentes nesa masa de auga”.

Para justificar su postura, vuelven a acudir al artículo 83 del reglamento, que señala como “condición esencial” para proceder al vaciado de una masa de agua que la concesionaria “deberá comunicar cunha antelación mínima dun mes ao órgano competente” en materia del aprovechamiento hidráulico, algo que, según la Xunta, “tampouco cumpriron as entidades”

El punto 2 del artículo 83 del reglamento expone que “logo da adopción das medidas previas” por parte del responsable de la cuenca, es Medio Ambiente quien “autorizará a anulación ou o baleirado coas condicións que garantan a protección e conservación da fauna acuática”.

La Xunta concluye con que tanto la CHMS como las concesionarias ignoraron el procedimiento establecido, ya que este verano se alteró gravemente el nivel de agua embalsada en estas cuatro presas (todas hidroeléctricas) sin que la Confederación Hidrográfica lo notificara a la Consellería. Esta sería la razón por la que el Gobierno autonómico decidió iniciar el correspondiente expediente sancionador contra las empresas.

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