Llámame Paki

lLa ley reconoce que casi todos los nombres pueden ser oficiales
A Francisca todo el mundo la llamaba Paki, así con k, y por eso acudió al Registro Civil para pedir que le cambiaran el nombre. Para ello, adjuntó un certificado de nacimiento, un volante de empadronamiento y otra documentación oficial donde aparecía el nombre de Paki, pero la juez encargada del Registro Civil, pese a la opinión del fiscal, le denegó la solicitud. Paki, todavía Francisca, recurrió a la Dirección General de los Registros y del Notariado, que se puso de su parte y le autorizó el cambio, como hizo en muchas otras ocasiones, tal y como aparece en las resoluciones de ese organismo.
Otrora Francisca no hubiera podido cumplir su deseo si no se hubiera modificado la Ley del Registro Civil, que en su redacción actual sólo impone cuatro limitaciones al cambio de nombre. Así, no pueden imponerse más de dos nombres simples o de uno compuesto. En este caso, los dos nombres tendrán que unirse por medio de un guión, dice la normativa.
'Obviamente', añade la ley, el nombre no puede perjudicar a la persona y, por ello, se excluyen los que resulten por sí o en combinación con los apellidos, deshonrosos, humillantes o denigrantes.Los cambios que hagan confusa la identificación (por ejemplo, un apellido convertido en nombre) y los que induzcan en su conjunto a error sobre el sexo, o los que atribuyan a un hermano el nombre de otro vivo, de ninguna manera se aceptarán.

Todo lo demás es posible, porque la ley reconoce que hoy casi todos los nombres pueden ser 'oficiales'. Las Lolas, las Conchas, los Pepes o los Manolos ya pueden llamarse así oficialmente. Dejaron de ser apelativos, dice la normativa, para convertirse en nombres propios. Al contrario que Paki, Estela, menor de edad, tuvo peor suerte. Su madre quiso cambiarle el nombre e inscribirla como 'Esthela'. De hecho, alegó que por este último nombre era conocida su hija y aportó documentos para certificar la habitualidad de uso del nombre con hache intercalada.

Dos vecinas testificaron y declararon que desde hacía 17 años los padres y desde que tenía uso de razón la hija manifestó su deseo de añadir la hache al nombre, algo que la hacía feliz, dijo su progenitora. El juez ni la Dirección General cumplieron su deseo, que denegó el recurso. Ambas opinaron que la causa justa para el cambio no concurría porque la modificación, por su escasa identidad, era 'objetivamente mínima e intrascendente'.
Los mismos argumentos que denegaron el cambio de Ester por Esther. Sin embargo, la Dirección General no vio obstáculo para dar satisfacción a otra madre, que cambió el nombre de su vástago, inscrito como Leonardo, por Leo, nombre extranjero 'independiente y válido'. Y así, hasta un notable listado de nuevos nombres registrados. María Francisca ya puede llamarse con todas las de la ley Maritxu, y Luz María es conocida por todos sus allegados como Luz Mery.

Cambios curiosos
Entre los casos más llamativos figura el de una persona que iba a comenzar un tratamiento de cambio de sexo y pidió cambiar su nombre por el de Aley, ya que así minimizaba las dificultades de adaptación a nivel laboral, social y educativo. No se lo concedieron al no cumplir los dos años de tratamiento hormonal exigido y no demostrar que el nombre que quería era el que usaba habitualmente. En la Dirección General le dijeron que no perdiera la esperanza, porque en cuanto cumpliera los dos requisitos podría demandarlo de nuevo.

Los padres de Bryan o Brian no pudieron inscribir a su hijo con la grafía Brayan, a pesar de que alegaron posibles inconvenientes para el menor si en el futuro volviera a su país de origen, Ecuador. Pendiente de oír al portador del nombre quedó la petición de los padres de Seber de cambiárselo por el de Xebe, que es el que desde la infancia usa. El fiscal no accedió porque el nombre inscrito es euskaldun y el cambio no entraba en el supuesto de sustitución por su equivalente en euskera. Como el menor, de doce años, no había sido oído por las partes, la Dirección General comenzó de nuevo el proceso para que fuera Seber quien se pronunciase.

A lo que no está dispuesta la Justicia es a que se abuse del servicio público del Registro Civil. Por eso, denegó la inversión de los apellidos a una mujer porque ya cambió el orden en otra ocasión.

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