Opinión

Un catastrazo desproporcionado

En las ultimas semanas miles de familias gallegas observan atónitas como el IBI de este 2015, remitido por sus respectivos Concellos, les supone un incremento a pagar mas que considerable.

El tribunal supremo declaró hace pocos meses que los propietarios de fincas que recalificadas como urbanas pero en las que no se habían construido ningún tipo de dotación, podrán pagar el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) como si se tratara de suelo rústico. Hay que recordar que la sentencia del alto tribunal se remonta a un conflicto que la administración pública mantenía con unos 300 propietarios de fincas en Badajoz, donde el Ayuntamiento de esta ciudad decidió, en 2007, recalificar varios terrenos rústicos y darles la consideración de urbanos, por lo que muchos propietarios vieron cómo el impuesto que pagaban en concepto de IBI era, en algunos casos, hasta cien veces más.

Este problema realmente llegó con la crisis que supuso la paralización de la mayoría de los planes urbanísticos en Galicia -Ourense a día de hoy aun esta sin Plan General y con casi 6.000 alegaciones en contra y sin contestar- atrapando a propietarios y promotoras que se encontraron en posesión de parcelas con unas altas cargas impositivas y poco o nulo rendimiento económico. Por lo que mi primera inquietud va en la línea de saber cómo se van a adaptar los datos y valores catastrales del suelo calificado como urbano no desarrollado al contenido de la sentencia del alto tribunal, ya que acomodar la valoración catastral al principio de capacidad económica real y valorar con fines tributarios un inmueble por encima de su valor de mercado, supone gravar una riqueza ficticia o inexistente. Y más en una Comunidad como la nuestra, con las propiedades devaluadas en torno al 30% en los últimos 7 años.

Como bien nos recuerda el Ministerio de Hacienda, el artículo 32.2 del texto refundido de la ley del catastro inmobiliario contempla que las leyes de presupuestos generales pueden ,como así lo han hecho, actualizar los valores catastrales de los inmuebles urbanos mediante la aplicación de coeficientes en función del año de entrada en vigor de la correspondiente ponencia de valores. Esta revisión al alza del valor catastral de los inmuebles acaba siempre afectando al bolsillo de los ciudadanos cuando pagan el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI). Tributo, que como debemos saber todos, grava los bienes inmuebles como pisos o casas, y que deben pagarlo las personas que sean propietarias o usufructuarias de una vivienda. IBI que a su vez se regula en función del valor catastral fijado por el propio ministerio de hacienda según el valor del suelo y el valor de la construcción y de las ordenanzas fiscales de cada ayuntamiento, que fija sus tipos impositivos y las bonificaciones aplicables.

En Galicia, esta revisión ha afectado en su conjunto a 65 ayuntamientos, 26 en Ourense, 21 en Lugo, 10 en A Coruña y 8 en Pontevedra, produciendo situaciones dantescas y desiguales tributariamente con otras comunidades autónomas donde la propiedad no se penaliza fiscalmente como en la nuestra. Con estos datos cada uno que extraiga sus conclusiones, la mía va en la que la presión fiscal y tributaria en este país va por barrios y como de costumbre los gallegos estamos siempre entre los más desfavorecidos. ¿Igualdad fiscal y tributaria?

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