SEVILLA

Indemnizan con 6.796 euros a un niño por el “susto" de un accidente de tráfico

Los médicos afirman que el problema respiratorio del menor no tiene nada que ver con el accidente de tráfico

La Audiencia de Sevilla ordenó indemnizar en 6.796 euros a un niño de 3 años que sufrió un accidente de tráfico que por fortuna "se quedó en un susto", pero que causó en la víctima infantil unas "lesiones psíquicas objetivas" que necesitaron tratamiento con ansiolíticos.

El accidente ocurrió el 25 de febrero de 2011 en Alcolea del Río (Sevilla), cuando el conductor de un automóvil estaba aparcando y soltó bruscamente el embrague pese a que tenía una marcha puesta, lo que hizo que su automóvil diera un súbito tirón hacia adelante, invadiera la acera donde jugaba un niño de 3 años y lo golpeara ligeramente antes de quedarse detenido al calarse el motor.

El atropello "fue más un susto que otra cosa", dice la Audiencia, pero el niño sufrió un trastorno de estrés postraumático cronificado del que fue tratado en una unidad de salud mental e incluyó medicación con ansiolíticos durante más de 90 días. Por ello, la sentencia condena al conductor por una falta de imprudencia y acuerda para el niño una indemnización de 6.796 euros, de cuyo pago será responsable la aseguradora del vehículo.

Aunque el niño no sufrió ninguna lesión física, presentó tras el accidente una insuficiencia respiratoria que llevó a sus padres a acudir a un hospital, donde le diagnosticaron una hernia diafragmática congénita, patología no causada por el atropello pero que requirió de corrección quirúrgica, según recuerda la Audiencia.

Así, la sentencia considera al conductor una falta de lesiones psíquicas por imprudencia porque el atropello produjo "en la víctima infantil un trastorno psíquico.

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