ECONOMÍA

Condenan a UGT Galicia por disolver la ejecutiva de Vigo y ordenan su reposición

El Juzgado de lo Social 2 de Vigo ha condenado a UGT Galicia por vulneración del derecho fundamental de la libertad sindical y ha declarado nula su decisión de disolver la ejecutiva local de Vigo por supuestas irregularidades, por lo que ordena su reposición.

La sentencia, firmada por el juez decano de Vigo, Germán Serrano, condena a la dirección gallega del sindicato a disolver la comisión gestora y declara nulas las decisiones tomadas por ésta en tanto no sean ratificadas por la ejecutiva comarcal encabezada por Santiago Rodríguez.

Asimismo, el juez impone a UGT Galicia en su fallo, recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, una indemnización a los demandantes por importe de 2.420 euros.

El juez Serrano argumenta que la suspensión de la ejecutiva viguesa "incide en el derecho a la libertad sindical en su vertiente interna", es decir, en el de los afiliados a "elegir democráticamente a sus representantes".

Considera que la dirección de UGT Galicia no acreditó "una justificación objetiva y razonable" de su decisión de dejar sin efecto el congreso de septiembre de 2013.

De hecho, afirma que ese congreso "nunca se suspendió", porque la decisión hubo de ser consultada por todo el consejo regional, y que "no basta" una llamada telefónica de la secretaria de organización "para embargar la voluntad" de un congreso comarcal.

En cuanto al otro motivo, la acreditación como invitado del exsecretario comarcal, Antonio Juste, inhabilitado para ocupar cargos orgánicos en el sindicato durante ocho años, recalca que "tampoco concurre" porque no asistió finalmente al mismo, sino que acudió cuando había concluido para felicitar a su sucesor.

Además, hace hincapié en que la presencia de Juste "no podía tener ninguna incidencia en el desarrollo democrático" del congreso "ni en el torcimiento de la voluntad" de algún delegado a favor de una u otra candidatura, pues no podía intervenir en ningún caso "y las mayorías y las decisiones ya estaban tomadas".

Tampoco aprecia motivos para la suspensión del cónclave el "altercado" que se produjo cuando se procedía a las votaciones y avala, "sin valorar las formas", la decisión del presidente de la mesa de no dejar pasar a los miembros de la ejecutiva regional que pretendían acceder al salón una vez se habían cerrado las puertas.

Durante el juicio, el abogado de UGT negó la vulneración del derecho fundamental de libertad sindical y circunscribió la polémica al marco de los estatutos internos del sindicato, cuyas vías, dijo, no agotó la parte demandante.

La discusión se centró en si Antonio Juste figuraba o no en la lista de invitados al congreso -los testigos citados por las partes se contradijeron en este aspecto- y en si luego, a raíz de que la mesa del congreso aceptó una reclamación para que se le acreditara, la dirección regional suspendió o no el cónclave.

En tal caso, todo lo que sucedió a continuación, incluida la votación de la nueva ejecutiva, no tuvo efecto alguno, según los abogados de UGT y de la comisión gestora.

El propio Juste declaró a Efe el día en que se celebró el congreso de Vigo que no asistiría al mismo para "no dar pie a impugnaciones" por parte de la dirección gallega de UGT, o dicho en otras palabras, "para que no ganen en los despachos lo que perdieron en las urnas".

La parte demandante alegó que Juste no estuvo físicamente en el congreso, y aun en el caso de que se hubiera incurrido en algún incumplimiento estatutario, su relevancia no sería suficiente para "sustituir la voluntad democrática" expresada por los 93 delegados que emitieron su voto en un congreso "modélico".

Preguntado por el juez, José Manuel Rodríguez Portela, miembro de la ejecutiva gallega, por la trascendencia de que Juste asistiera o no al congreso, contestó que su presencia habría sido "una provocación" y una forma de "ir en contra" de la dirección gallega del sindicato.

Rodríguez Portela aseguró, al igual que otros testigos de la defensa, que el presidente de la mesa del congreso comarcal de Vigo, Diego Atanes, fue informado de que en el caso de que Antonio Juste fuera acreditado se suspendería el mismo, lo que el segundo negó, al igual que otros testigos citados por la acusación.

Ambos protagonizaron una discusión mientras se procedía o se iba a proceder, según la versión de cada cual, a la votación de las dos candidaturas presentadas al cónclave: la continuista con la labor de Juste, encabezada por Santiago Rodríguez, que resultó ganadora, y la oficialista, presidida por Roberto Puga.

Tal discusión se originó cuando la mesa del congreso comarcal decidió contravenir, por cuatro votos a uno, la decisión de la ejecutiva regional de no acreditar a Juste, a raíz de una reclamación de la Federación comarcal de Servicios Públicos de UGT.

Cuando tuvo conocimiento de ello, la secretaria de organización de la ejecutiva gallega, Irene Martínez, que había sido la encargada de inaugurar el cónclave, ordenó por teléfono que se suspendiera el mismo, según la versión de la parte demandada.

La demandante ha alegado que aún hoy la ejecutiva disuelta de Vigo no ha recibido una comunicación formal y motivada de las razones de tal decisión, y que lo que hizo la dirección gallega fue "lo más parecido a una patada en la puerta", al exigir "las llaves" de la sede viguesa y no dar "explicaciones".

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