La Audiencia tiene en cuenta que el inculpado ya pagó parte del dinero

Condenado por estafar a un amigo 51.500 euros

Julio González Álvarez, el día del juicio en la Audiencia. (Foto: XESÚS FARIÑAS)
Julio González Álvarez ha sido condenado a dos años de prisión así como a una multa de ocho meses (siete euros al día) por un delito de estafa, en el que la sala aplica una atenuante de reparación del daño en tanto que el inculpado abonó al perjudicado 11.000 euros, aunque la cantidad fue de 51.500. El mismo fallo también absuelve al padre del inculpado, Julio González Domínguez, a quien el fiscal acusaba del mismo delito.
González Álvarez aprovechó la amistad que mantenía con J.L.B.M. para concebir un plan con el que apoderarse de los 50.000 euros que había recibido este último en 2006 a raíz de su divorcio y la liquidación de la sociedad de gananciales. Para ello, le propuso que le prestase el dinero a cambio de hacerle un contrato de trabajo en la empresa de transportes Jugotrans S.L., de la que era socio. Ahora bien, según recoge el fallo, le ocultó 'de forma maliciosa' que la mercantil tenía todos los bienes embargados por reclamaciones salariales de los trabajadores.

Fue así como la víctima de la estafa le dejó los 50.000 euros a través de una escritura notarial en la que el inculpado y su padre se comprometían a devolverla en un año sin intereses. Asimismo, formalizó el contrato al que se había comprometido con plena conciencia de que era de imposible cumplimiento teniendo en cuenta la situación patrimonial de la empresa. Pocos días después, le pidieron otros 1.500 euros.

Pocos días antes de la vista oral, los acusados abonaron al querellante 11.000 euros, comprometiéndose en documento privado a devolver la cantidad restante en 39 mensualidades.

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