Condenados por asesinar a un hombre que conocieron en la cárcel de Pereiro alegan que no hay pruebas

La prisión de Pereiro está dividida en módulos // ÓSCAR PINAL
photo_camera La prisión de Pereiro // ÓSCAR PINAL
Su defensa mantiene que se ha vulnerado en este caso el principio de presunción de inocencia

Las defensas de los dos condenados por asesinar a otro hombre al que conocieron cuando estaban internos en la prisión de O Pereiro de Aguiar (Ourense) han alegado este lunes que no hay pruebas contra ellos y han pedido la absolución.

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha acogido este lunes la vista de apelación contra la sentencia por un crimen cometido en agosto de 2018, por el que dos varones fueron condenados por la Audiencia Provincial de Ourense a 21 y 20 años de cárcel respectivamente, como autores del asesinato de un hombre al que le sustrajeron el dinero que tenía como resultado de una herencia.

La defensa del primero de los condenados ha defendido que se ha vulnerado el principio de presunción de inocencia en varias cuestiones.

En concreto, piensa que las geolocalizaciones que el jurado consideró suficientes para determinar que los condenados estaban en el lugar de los hechos, realmente solo ubican las antenas a las que estaban conectadas los teléfonos móviles, pero no el punto donde se encontraban los procesados.

También sostiene que el veredicto está mal fundamentado y, de hecho, añade que el juicio los forenses no fueron capaces de aclarar el momento de la muerte, aunque el jurado defendió que sí, por lo que entiende que este último realizó mal su labor.

El propio acusado, al final de la vista, ha defendido su inocencia y ha opinado que las pruebas están mal interpretadas, en concreto cree que una de sus huellas es "imposible" que estuviera donde luego se determinó.

La defensa del segundo de los condenados ha ratificado la postura del anterior y ha añadido que, en su caso, no se tuvo en cuenta de forma correcta la atenuante de colaboración con la justicia, que cree que debería implicar una mayor rebaja de la pena.

En todo caso, ha asegurado que no existe ninguna prueba que lo vincule con la muerte de la víctima.

La Fiscalía, por su parte, ha demandado el mantenimiento de la pena dictada por la Audiencia Provincial, al entender que es correcta.

El tribunal consideró probado que el recluso fallecido salió el 11 de agosto de 2018 de prisión para disfrutar de un permiso penitenciario y se dirigió, como era habitual, a la explotación agraria propiedad de la familia de uno de ellos, donde ese día se encontraban los dos acusados.

Estos, siguiendo el plan que habían convenido, golpearon "con un objeto contundente en la cabeza" al recluso hasta ocasionarle la muerte y después trasladaron el cuerpo del fallecido hasta una finca situada propiedad de la familia de uno de los condenados, donde ocultaron el cadáver.

El tribunal del jurado determinó la culpabilidad de ambos acusados y consideró probado que los dos hombres se apropiaron de sus tarjetas de débito y de prepago y que efectuaron sustracciones de dinero que sumaron "un total de 22.490 euros".

El crimen de Fernando Iglesias Espiño se remonta a agosto de 2018 cuando, durante un permiso, no regresó lo que hizo saltar todas las alarmas en la prisión ante su posible fuga.

El cuerpo fue encontrado cuatro meses después, enterrado en una granja de pollos en Piñor (Ourense), propiedad de la familia de uno de los acusados.

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