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El juez avala la lista de En Marea y el PP recurre el fallo

El Constitucional decidirá si es válida la presencia del exalcalde de Manzaneda, David Rodríguez ​

David Rodríguez seguirá siendo el número dos de la lista de En Marea por la provincia de Ourense. Así lo ha decidido este viernes el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ourense al desestimar el recurso interpuesto por el PP contra el exalcalde de Manzaneda al entender que su renuncia a la Alcaldía "devino firme e irrevocable" antes del inicio del proceso electoral.

El Partido Popular había impugnado este jueves el nombramiento de Rodríguez como número dos por la provincia de Ourense y exigido su exclusión de la candidatura de En Marea, al entender que su renuncia como alcalde no era firme al no haber sido ratificada por el pleno de Manzaneda dentro del plazo requerido por la Junta Electoral.

Así, el abogado de la acusación ha recordado en que el pleno en el que se ratificó la renuncia tuvo lugar el lunes 29 de agosto, cuando el plazo para las candidaturas había rematado el lunes 22, y que "sin este acuerdo" la renuncia no era efectiva y por tanto Rodríguez no era "elegible" como candidato.

Además, el abogado del PP también ha incidido en que el plazo para la subsanación de irregularidades o errores "había terminado el domingo 28", un día antes del pleno celebrado en Manzaneda.

La defensa ha remarcado que ni la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) ni la jurisprudencia exigen más allá de la presentación de la renuncia, y que el alcalde la había presentado el 19 de agosto, aunque no fue ratificada por el secretario hasta el día 23.

Además, ha considerado que la demanda "no tiene recorrido jurídico" porque, el pleno tomó conocimiento de la renuncia el 29 de agosto, un día antes de la publicación definitiva de las candidaturas.

Sentencia

La sentencia reconoce que la renuncia a la alcaldía "devino firme e irrevocable" antes del inicio del ' proceso electoral. En este sentido ha considerado que David Rodríguez "no solo ya había presentado en el registro de la Corporación municipal su renuncia" al cargo de alcalde, sino que "la había llevado a efecto, de facto" delegando todas las funciones de la alcaldía en la teniente de alcalde "antes de que se publicase en el Diario Oficial de Galicia" la promulgación de las listas.

En su escrito, el juez considera que "resultaría desproporcionado" e "incompatible con los derechos fundamentales" adoptar "una interpretación restrictiva que impidiese" al número dos de En Marea "participar como candidato al no concurrir "la causa de inelegibilidad invocada".

Para Rodríguez, "la primera derrota del PP"

A la salida de los juzgados, David Rodríguez ha señalado que la causa ha sido un ejemplo más de la "bancarrota ética y moral del PP" y que la sentencia supone "la primera derrota" para esta formación, "que se verá refrendada en las urnas el 25 de septiembre".

Rodríguez ha lamentado que desde el PP "están denunciando las listas de En Marea en todo el país" y ha considerado que la denuncia contra su candidatura se debe a que su política en Manzaneda es "la antítesis de lo que Feijóo y Baltar están haciendo".

En este sentido, ha contrastado sus actuaciones como exalcalde de Manzaneda contra la despoblación del rural o "remunicipalizando" los servicios sociales "mientras que ellos se los regalan a empresas amigas".

"Retorcer los argumentos jurídicos"

Alfonso Diz, coordinador de la campaña en Ourense, ha calificado el recurso presentado por el PP como una muestra de la "desesperación ante una derrota electoral en Ourense". Diz ha considerado que la acusación ha intentado "retorcer los argumentos jurídicos" y que "incluso las sentencias aportadas por la acusación" señalan que "la efectividad de la renuncia es en el momento de presentarla", en este caso el 19 de agosto.

En el ámbito autonómico, En Marea ha valorado la resolución como "un triunfo de la Democracia". "El Partido Popular de la coalición Feijóo-Baltar está en bancarrota moral y ética tal y cómo demuestra su última maniobra con la que pretendía una vez más huir de la democracia", ha esgrimido.

"El PP de Baltar trató de enturbiar el debate político con consideraciones jurídicas que no tiene fundamento en derecho para pretender tirar rédito electoral. En un país democrático la posibilidad de salir elegido como parlamentario debe pasar por las urnas y no por un juzgado como busca el Partido Popular", ha señalado, en un comunicado.

Cabe recurso de ampara en el Constitucional

Contra la decisión del juez cabe recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional en Madrid en un plazo de dos días.

La resolución definitiva tendría lugar en los tres días siguientes a la presentación de este recurso.

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