Entiende también que el jurado hizo una aplicación indebida del principio de legítima defensa

El fiscal recurre la absolución por el crimen de la Praza do Trigo alegando falta de motivación

El acusado, emocionado tras conocer el veredicto que le  absolvía del homicidio.
Falta de motivación del veredicto y aplicación indebida de la legítima defensa. Estos son los dos principales argumentos en los que el fiscal basa su recurso contra la sentencia que absolvía a Wahrani Abdul Majen de la muerte de un hombre, en la Praza do Trigo de la ciudad, ocurrida en febrero de 2006. El recurso fue presentado ayer ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que será ahora el encargado de evaluar si el veredicto del jurado popular estaba suficientemente fundamentado.
Lo había anunciado tras conocer el veredicto del jurado pero fue ayer cuando el fiscal presentó ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia el recurso contra la sentencia que absolvía al argelino Wahrani Abdul Majen del delito de homicidio del que estaba acusado por la muerte de Miguel Ángel González Ferreiro, ’el Guindas’, tras una cuchillada en la Praza do Trigo de la ciudad.

El recurso se basa fundamentalmente en dos aspectos: por un lado, en lo que el fiscal entiende que es la falta de motivación del veredicto; es decir, que el jurado no fundamentó suficientemente los términos que le llevaron a tomar la decisión de considerar ’no culpable’ al acusado del delito de homicidio que se le imputaba. Por otro lado, el fiscal alega en su recurso una supuesta aplicación indebida de la legítima defensa. No en vano, el jurado reconocía en su veredicto que fue el acusado el que clavó el cuchillo a la víctima y enmarcaba lo sucedido en una pelea entre ambos (y una tercera persona) en la que el imputado se defendió de la pelea.

Al Tribunal Superior

En este sentido, la Ley establece una serie de requisitos para que se pueda considerar que un determinado acto puede enmarcarse en la legítima defensa. Entre estos se encuentra el de agresión ilegítima, mientras que la visión que la acusación tenía de los hechos se refiere a una pelea aceptada por las personas que participaban en ella.

Sea como sea, y teniendo en cuenta que la acusación particular que representaba a la madre de la víctima también prevé recurrir el fallo, será ahora el Tribunal Superior de Xustiza el que determine si la valoración que efectuó el jurado popular sobre lo sucedido se hizo de forma correcta o, por el contrario, pudo haber algún error en la motivación.


Te puede interesar