Tribunales

Un pizarrero repite el mismo juicio oral por perjudicar a acreedores

La nueva vista oral la celebra la jueza Irina Fernández.
photo_camera La nueva vista oral la celebra la jueza Irina Fernández.
La Audiencia de Ourense ordenó repetir la vista en la que fue absuelto

La sala de vistas del Juzgado Penal 1 repitió en la mañana de ayer esquema: el mismo acusado, repetía el fiscal, los testigos e idéntico caso. Pero la jueza no fue la misma, tras la decisión de la Audiencia de Ourense de que el proceso en el que el pizarrero Carlos G.F. está acusado de insolvencia punible vuelva a enjuiciarse, pero debe ser una magistrada nueva la que dicte sentencia. La titular de ese juzgado absolvió en primera instancia al encausado, pero la Audiencia provincial estimó el recurso de apelación de las acusaciones y declaró nulo el primer juicio.

El asunto los citó a todos en la mañana de ayer, pero no pudo liquidarse en un día porque la denunciante, que declaraba por videoconferencia desde Ponferrada (León), sufrió una crisis nerviosa que le impidió dar su versión. Será citada de nuevo para cerrar por fin el círculo y la exposición de los informes de las partes.

Carlos G.F., de 50 años, administrador único de Pizarra da Vella SL, está acusado de deshacerse de activos de su empresa en el año 2016 para no satisfacer deudas contraídas con anterioridad.  El fiscal asegura que vendió a otra empresa, entre otros bienes, cuatro vehículos por los que recibió 5.100 euros. El ministerio público considera que la venta tenía como finalidad última la de perjudicar a sus acreedores ya que el Juzgado de Instancia 2 de O Barco lo había condenado en junio de 2016 al pago de 49.944 euros a la hora denunciante. En julio de ese año, en otro pleito civil, el mismo juzgado lo condenó a pagar 2.913 euros. “Ambas sentencias fueron seguidas de un procedimiento de ejecución de título judiciales y, tras una averiguación patrimonial, se dictó embargo sobre los mencionados vehículos, únicos bienes existentes en Pizarras da Vella”, asegura la fiscalía. No fue posible a consecuencia -añade- “de una venta maliciosa”.

La acusación pública pide una condena de dos años y dos meses de prisión y multa de 21 meses, con una cuota diaria de 10 euros.

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