Un juez condena a un año de prisión al vendedor de la finca en donde se ubicaron las instalaciones

Una sentencia reconoce que la mitad de los terrenos del balneario de Berán son privados

Una sentencia (que puede ser recurrida) da la razón a un vecino de Leiro que reclama la mitad de la finca de 5.000 metros cuadrados en donde se construyó el nuevo balneario de Berán. Denunció a otro propietario, asegurando que la había adquirido mediante documento privado. El Juzgado de lo Penal número dos de Ourense ha condenado al vendedor de los terrenos a un año de prisión, al mismo tiempo que absuelve al responsable de la empresa Egatur, compradora de los mismos, y al presidente de la Entidad Menor.
El Juzgado de la Penal número dos de Ourense ha condenado al propietario que vendió los terrenos en donde se ubicó el nuevo balneario de Berán (Leiro) a un año de prisión por un delito de estafa. Fernando Fariña Mateo había sido denunciado por Andrés Guillermo Deive, que le reclamaba la mitad de los 5.000 metros cuadrados que había comprado la empresa Egatur para cederlos seguidamente a la Entidad Menor de Berán y ésta a la Xunta de Galicia, que se encargó de financiar la construcción de las nuevas instalaciones termales.

La misma sentencia absuelve a otros dos acusados: El representante de Egatur, Manuel Barbosa, y el presidente de la Entidad Menor, José Luis Rodríguez Barreiro, para los que el fiscal solicitaba tres años de cárcel respectivamente.

Otro fallo

Se trata de la última denuncia presentada por Andrés Guillermo Deive para recuperar el terreno que asegura le compró al condenado. No obstante, una anterior sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia había desestimado un contencioso administrativo mediante el que pedía responsabilidades a la Entidad Menor y a la Xunta de Galicia por la ocupación indebida de los terrenos.

El actual fallo, sin embargo, únicamente condena a prisión a Fernando Fariña, reconociendo el delito de estafa, pero no se pronuncia sobre la restitución de la titularidad de la propiedad, que fue indebidamente vendida según el fallo, ni sobre la nulidad de la venta y cesión de los terrenos, tal y como pedía el Ministerio Fiscal. Los implicados en el proceso disponen de 10 días para interponer un recurso contra esta resolución, aunque por el momento ninguno ha tomado una decisión al respecto.

La sentencia del Juzgado de lo Penal de Ourense considera probado que Fernando Fariña vendió mediante documento privado, en el año 1988, la mitad de la finca y añade que ’a sabiendas de que la mitad no le pertenecía vendió la totalidad de la misma a Manuel Barbosa’. Asimismo, apunta que ’no ha resultado acreditado’ que el presidente de la Entidad Menor y del representante de la empresa compradora se hubieran puesto de acuerdo para promover la venta con conocimiento de que la mitad pertenecía a Guillermo Deive.

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