MULTA POR ESPERAR A UNA ENFERMA

El pasado día 12 de noviembre de 2013, mi esposa se vio en la necesidad de acudir al servicio de urgencias del sanatorio El Carmen en la Avenida de la habana de Ourense debido a un dolor agudo en una pierna, el cual le imposibilitaba caminar.
Todos conocemos la ubicación de dicho centro médico y la intensidad del tráfico en esta arteria de la ciudad máxime un día de semana como era en cuestión, así como de la nula existencia de lugares habilitados para estacionamiento, aun cuando se trate de algún caso de emergencia o de especial necesidad, como era mi caso concreto, por lo que no me quedó más remedio que estacionar brevemente enfrente de la puerta del centro médico ocupando un trozo del carril bus mientras mi mujer y mi hija, que ya estaban cruzando por el paso de cebra situado a escasos metros calle abajo, se dirigían al coche a duras penas, dada la imposibilidad de caminar de mi esposa.

En esos momentos, una pareja de agentes de la Policía Local me indican con la mano que tengo que circular y abandone el lugar donde estoy estacionado. Yo, que me encontraba dentro del coche, les hago gestos haciéndoles entender que estoy esperando a mi mujer y mi hija, que ya se encontraban a escasos pasos del vehículo, incluso ellas les dijeron al cruzarse con los agentes que en cuanto subiesen al coche nos iríamos. Asimismo, el tiempo total que estuve estacionado no superaría los tres minutos, espacio de tiempo en el cual no pasó ningún autobús, por lo que el perjuicio causado no fue ni mucho menos relevante.

El caso es que pasado algún tiempo de este hecho recibo con asombro en mi domicilio la notificación de una sanción.

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