Absueltos ocho hemanos celanoveses acusados de estafar a un cuñado en una herencia

El juzgado cree que la mujer y su viúdo, que denunció a sus cuñados, estaban separados de hecho antes de fallecer ella


La Audiencia provincial de Ourense ha absuelto a ocho hermanos de Celanova denunciados por su cuñado por intentar estafar al juzgado al pretender reclamar la herencia de hermana fallecida ocultando su matrimonio por la Iglesia con el denunciante.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Tribunal considera que sólo uno de los denunciados hizo la reclamación de la herencia 'porque no concurre evidencia alguna de la participación activa de los otros 7 en la actuación fraudulenta denunciada'. A pesar de considerar 'evidente' que este hermano firmó la reclamación, indica que 'actuó en beneficio del resto de sus hermanos'.

Asimismo, detalla que los hechos probados durante el juicio celebrado hace una semana no constituyen un delito de estafa, 'que en su caso típico consiste en que una de las partes engaña a un juez con elementos de convicción falsos y le incita a dictar una resolución errónea en perjuicio de la otra parte'.



DESCONOCIMIENTO


En el caso juzgado, la acusación aludió a la ocultación de la boda religiosa que supuestamente realizaron los hermanos para reclamar la herencia de la fallecida. Sin embargo, la Audiencia Provincial explica en su sentencia que el concepto 'de error o creencia errónea excluye la idea de duda' y 'equivale a desconocimiento o conocimiento equivocado' de esta circunstancia.

En el caso de Celanova, la Audiencia provincial considera probado 'el bajo nivel cultural de los acusados', por lo que es posible que no tuviesen conocimiento de 'las consecuencias civiles del matrimonio canónico', es decir, que no supiesen que una boda religiosa tiene implicaciones civiles, aunque no esté en el Registro Civil.

Asimismo, el Tribunal añade que 'no es irrelevante' el hecho de que la mujer fallecida afirmase en todo momento a sus hermanos acusados 'que realmente no se había casado sino que se había escenificado un acto religioso para que a su marido le fuese autorizada la comunión al convivir desde tiempo atrás con ella, extremo inequívocamente y repetidamente transmitido a los acusados tal como se probó en el juicio', según el escrito.



SEPARADOS


Otro de los argumentos esgrimidos por la defensa para pedir la absolución de los acusados, era el de que la mujer fallecida y su marido estaban en realidad separados desde hacía meses, pues no convivían en la misma casa. De hecho, entre los testigos declaró un hombre que dijo mantener una relación con ella desde tres meses antes de su muerte.

En ese sentido, la sentencia considera desvirtuada 'la presencia del ánimo de engañar' por parte de los acusados, porque su solicitud de ser herederos se produce 'en la innegable realidad y probada, sin reservas, de la separación de hecho de ambos cónyuges cuando menos desde primeros de septiembre de 2008, datando el fallecimiento de ella en marzo de 2009'.

Fuentes jurídicas consultadas explicaron a Europa Press que esta parte de la sentencia bloquea cualquier posible reclamación de herencia del viúdo y denunciante, pues legalmente no tendría derecho a ella por estar separados al fallecer su esposa.

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