Corte de La Haya 'no es impresionable ni presionable', según abogado chileno

La Corte de La Haya 'no es impresionable ni presionable', afirmó hoy el abogado Andrés Jana, miembro del equipo jurídico que defiende a Chile en el litigio marítimo planteado por Perú en ese tribunal, en alusión a declaraciones de expresidentes chilenos sobre el caso.
Los expresidentes Ricardo Lagos y Eduardo Frei sostuvieron este martes, tras reunirse en La Moneda con presidente Sebastián Piñera, que un fallo salomónico no sería aceptable en el caso de Chile y Perú.

Los exmandatarios citaron el reciente fallo del litigio entre Colombia y Nicaragua, que dio al primer país la soberanía de varios cayos del Caribe y a Nicaragua, el país demandante, el mar circundante, como ejemplo de fallo salomónico para exhortar al tribunal a 'fallar en derecho' en el litigio de Chile y Perú.

Ello significa, según Frei y Lagos, que el fallo debe basarse en los tratados vigentes y no otorgar compensaciones porque, según Frei, ello implica un riesgo para el derecho internacional.

Entre el 3 y el 14 de diciembre, tendrá lugar en La Haya la fase oral del litigio planteado en 2008 por Perú, que alega la inexistencia de un tratado limítrofe para solicitar al tribunal que fije un límite que agregaría a su territorio unos 35.000 kilómetros cuadrados hasta ahora bajo soberanía chilena.

Chile sostiene que los límites están fijados en dos tratados, suscritos en 1952 y 1954, que según Lima sólo son acuerdos de Pesca, mientras Santiago argumenta que son limítrofes y que Perú los respetó como tales durante casi 60 años.

Entrevistado hoy por radio Cooperativa, Andrés Jana descartó en todo caso que las declaraciones de Lagos y Frei supongan una presión hacia la Corte.

'No me parece que sean presiones, sino reacciones políticas legítimas, propias de la opinión de los expresidentes. Recibimos a diario resúmenes de la prensa peruana y los políticos expresan sus distintas opiniones. La Corte no es impresionable o presionable por ninguna de las dos partes en este tipo de cosas', recalcó.

Aclaró además que el fallo del caso entre Nicaragua y Colombia no es comparable con el de Chile y Perú y que no es cierto que la Corte dicta fallos salomónicos.

'La verdad es que la Corte lo que hace primeramente es aplicar los tratados vigentes y ese es el caso de Chile. En el caso de Nicaragua y Colombia no había un tratado vigente, por lo que la Corte aplicó el derecho internacional que indica que deben considerarse circunstancias especiales que apuntan a criterios equitativos'.

'En ese caso, la Corte ya había fallado que no había un tratado que delimitara la frontera marítima. Entonces, aplicando el derecho internacional fijó el límite. Lo que hace la Corte es aplicar los tratados vigentes', explicó.

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