El TSXG reconoce la ‘discriminación’ de la Xunta en la contratación de un brigadista en 2007

El sindicato Comisiones Obreras (CC.OO.) informó hoy de una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia por la que se reconoce la ‘flagrante discriminación’ de la Consellería de Medio Rural al no contratar a un trabajador de una brigada contra incendios ‘al mismo tiempo que los restantes compañeros fijos discontinuos’.
Según informó hoy CC.OO., esta sentencia confirma un dictamen anterior del Juzgado de lo Social de Lugo, que ya había reconocido a un trabajador del Servicio Público de Defensa COntra Incendios Forestales (SPDCIF) el ‘derecho a incorporarse a su puesto de trabajo desde el día 5 de febrero de 2007, fecha de inicio de la temporada de trabajo’.

CC.OO. recordó que ya denunció en su momento esta ‘grave discriminación’ con la que, según el sindicato, Medio Rural pretendía ‘castigar a más de un centenar de trabajadores’ del servicio, ‘impidiéndoles incorporarse a sus puestos de trabajo al mismo tiempo que sus compañeros’ por ‘no adherirse al acuerdo de eficacia limitada firmado por la consellería con CIG y UGT’.

Esta sentencia del TSXG, según señaló CC.OO., ‘confirma definitivamente esta discriminación’ y le reconoce al trabajador afectado ‘todos sus derechos laborales, salarios incluidos, con carácter retroactivo’.

Asimismo, el sindicato aseveró que esta sentencia ‘confirma la existencia de una carta intimidatoria del secretario xeral de Medio Rural a los trabajadores’ para que estos ‘se adhiriesen al acuerdo’, un elemento ‘al que este trabajador, según las propias palabras del TSXG, no se plegó’.

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