Esta subida se debe a una nueva ley que obligará a superar un examen para ejercer como letrado

Aumentan un 15% las altas en el Colegio de Abogados

Testigos y letrados aguardan para entrar en una vista oral.  (Foto: M. ÁNGEL)
La nueva normativa que regulará el acceso profesional a la abogacía, que entrará en vigor el próximo día 31 de octubre y que obligará a superar una prueba de capacitación, está provocando un repunte cercano al 15% en el total de nuevos licenciados en Derecho que se inscriben en el Colexio de Avogados de Ourense desde el pasado mes de mayo. El objetivo: esquivar las importantes exigencias que requerirá la legislación a partir de entonces para poder ejercer como letrado o procurador.
A día de hoy, no obstante, el único requerimiento para acceder a la profesión es ser licenciado en esta disciplina y darse de alta en un organismo de estas características (bajo la modalidad de colegiado ejerciente -tenía a principios de año 614 inscritos- o no ejerciente -contaba con 278-), práctica que ya tiene los días contados. Con la nueva 'Ley de acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales', que será aplicable desde noviembre, se exigirá, sin embargo, un examen, que se deberá superar tras haber cursado antes un itinerario formativo especializado, que podrá ser impartido por universidades o por las escuelas de práctica jurídica.

Por ello, ante el previsible endurecimiento de los trámites, la entidad colegial ourensana está detectando este repunte en las colegiaciones, ya que los que estén dados de alta como miembros de un colegio profesional a la entrada de esta normativa quedan exonerados de las pruebas de acceso.


EXCEPCIONES

Según apuntan desde el Colexio de Avogados ourensano, la mayor parte de las nuevas colegiaciones se están registrando bajo la modalidad de 'no ejercientes'. 'Notamos que antes este tipo de altas eran residuales y ahora estamos tramitando unas seis cada 15 días', añaden fuentes de esta entidad. La mayoría de estas colegiaciones, según indica el propio decano del Colegio, Arturo González, las realizan 'o titulados sin una orientación profesional clara, o personas que, a día de hoy, trabajan en otros ámbitos'.

La normativa contempla varios supuestos en los que no se exigirá el título de capacitación, que se obtendrá tras aprobar un examen. Además de a quienes estén colegiados cuando entre en vigor la ley, no se demandará la prueba a los que estuviesen incorporados a un colegio de abogados durante un año y a todos aquellos licenciados en Derecho que lo sean antes de la entrada en vigor de la ley, dado que tendrán dos años para incorporarse a un colegio de abogados sin tener que superar el examen.

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