Las claves de la polémica nueva ordenanza de terrazas y veladores de Ourense

Una terraza en la Praza Maior de la ciudad.
photo_camera Una terraza en la Praza Maior de la ciudad.
El pleno de Ourense aprobó el viernes la nueva ordenanza de veladores con la abstención del PP y el rechazo de PSOE y BNG. Su tramitación ya estuvo envuelta en polémica, pero ¿qué establece?

El pleno municipal de Ourense aprobó inicialmente la ordenanza de veladores el pasado viernes. Aprobada con los votos a favor de Democracia Ourensana y la abstención del Partido Popular, está destinada a establecer las nuevas normas para que los hosteleros de la ciudad coloquen sus terrazas. La tramitación de la ordenanza no estuvo exenta de polémica: PSOE y BNG criticaron el contenido de la normativa. Estos son algunos de los puntos clave de la nueva ordenanza.

Separación de las fachadas

La ordenanza establece, como norma general, que las terrazas deben quedar a una distancia mínima de 1,80 metros de la fachada. Pero existe una excepción. En las zonas en las que “non sexa posible cumprir este requisito” podrá autorizarse que queden pegadas a los edificios, “sempre que se coloque un paramento desmontable ou pavimento podotáctil que convirta a terraza en detectable para as persoas con dificultade visual”.

Este es uno de los aspectos más polémicos, debido al problema que supone para las personas que padecen este tipo de discapacidad. En todo caso, en zonas como Vinos no sería posible colocar terrazas sin esta excepción. Otra salvedad son las fachadas desalineadas de las colindantes, ya que se podrá aprovechar el hueco hasta el itinerario peatonal.

Superficie de ocupación

Otro de los puntos que generan discusión es la superficie que podrán ocupar las terrazas. La ordenanza explica que “estará determinada lonxitudinalmente pola fronte de fachada do establecemento”, aunque también se admite la colocación “nunha liña que exceda a da lonxitude de fachada do local” que no podrá exceder los 35 metros desde la puerta, algo que suscitó críticas por la elevada distancia que supone. La superficie total de la terraza “non poderá exceder da superficie útil de uso público do local”, restando espacios como la cocina o similares. Es decir, las terrazas no pueden ser más amplias que el espacio interior destinado a los clientes. Sin embargo, no se establece ninguna restricción en el número de mesas o sillas: los hosteleros pueden colocar cuantas quieran.

En carga y descarga

En los casos en los que no se puedan situar las terrazas en aceras, podrán ocupar plazas de estacionamiento, excepto zonas de carga y descarga -o similares- y plazas para personas de movilidad reducida. Eso sí, las terrazas deberán tener una estructura desmontable cerrada por todos los lados, salvo el de la acera. Si no existen plazas de estacionamiento, se podrá ocupar una zona de carga y descarga. La condición es que se sustituya por otra en las proximidades y que se consulte a los establecimientos que la utilizan. Las estructuras, que tendrán que tener una tarima para igualar su nivel a la acera, deberán ser desmontadas cada dos meses para tareas de limpieza, desratización y desparasitación.

El papel del Concello

El Concello podrá requerir la retirada temporal de las terrazas por motivos como “a execución de obras e a prestación de servizos” o “a realización de eventos ou acontecementos sociais”. La ordenanza especifica que la retirada de las terrazas no da derecho a ningún tipo de indemnización. Asimismo, la Xunta de Goberno queda habilitada para delimitar, de oficio o bajo propuesta, el área de cada terraza en ciertos supuestos. En estos casos, tendrá potestad para indicar los emplazamientos disponibles y el reparto de superficie a los establecimientos.

¿Ya entró en vigor?

No. Saldrá a información pública en el Boletín Oficial de la Provincia y se abrirá un plazo de un mes para presentar alegaciones. El pleno deberá aprobar definitivamente la normativa después de resolver las reclamaciones y antes de su publicación en el BOP. Si no hay alegaciones, se considerará aprobada.

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