El Supremo ratifica una condena contra la promotora de la Finca Santamarina: pagar 1,7 millones, más intereses, por sus compromisos

Flager tendrá que indemnizar a los reversionistas

Imagen Panorámica de la Finca Santamarina.
Flager tendrá que pagar a los reversionistas con los que había llegado a un acuerdo de opción de compra de sus participaciones en el derecho de reversión de la Finca Santamarina 1,7 millones de euros. A esta cantidad deberá añadir los intereses desde el 25 de febrero de 2002 y las costas de todo el proceso, lo que incrementará notablemente esa cifra.
Y es que el Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada en su día por la Audiencia provincial, cuya ejecución provisional había desembocado en la subasta de la finca, al rechazar el recurso presentado por la empresa, quien siempre ha defendido que no hizo uso de los derechos de reversión para hacerse con la propiedad y que, en todo caso, tales derechos habrían caducado.

A pesar de ello, el Tribunal Supremo considera que no es necesario entrar a dilucidar si Flager ejerció esa opción dentro del término fijado en el contrato dado que, según el tribunal, la inmobiliaria 'aprovechó que tenía a su favor un derecho de opción que le permitió obrar en nombre e interés de los hoy demandantes (los reversionistas) a la hora de defender la existencia del derecho de reversión, y, en suma, obtener por vía transaccional la compra del bien de que se trata, lo que le obligaba a satisfacer los derechos de los demás interesados'.

Flager sostenía también que los propios reversionistas admitieron que no había ejercido el derecho de opción al invocar, en enero de 2004, ante la Administración su condición de reservistas.

El Supremo desestima también este argumento, ya que considera que 'nada impide que se articulen medios con carácter subsidiario, de modo que ante el cierre definitivo de un medio de protección, como ocurrió en el presente caso en la vía administrativa por una actuación atribuible en exclusiva a la Administración y la Inmobiliaria Flager S.A., que contrataron sin tener en cuenta los derechos de los demás reversionistas, nada impide acudir a otros medios de protección como es en este caso la interposición de la demanda'.

Por último, el Supremo entiende que en la transacción con la Diputación, Flager 'nunca habría podido obtenerla en relación con el inmueble en su totalidad si hubiera actuado exclusivamente como titular de la parte que le correspondía en el posible derecho de reversión' (era poseedor de 1/8 parte de tal derecho, según la sentencia).

La sentencia del Tribunal Supremo, que es firme, se ciñe al procedimiento llevado a cabo por estos reversionistas -la demanda interpuesta en el entonces Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 y la posterior confirmación de la Audiencia provincial- y no recoge en ningún momento la resolución del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia referida a la legalidad de la transacción realizada entre la inmobiliaria catalana y la Diputación.

Al confirmarse la sentencia de la Audiencia provincial, Flager tendrá que abonar las cantidades señaladas o, en su defecto, continuará adelante el proceso de subasta judicial de la finca. De hecho, el Juzgado había fijado ya para el pasado mes de mayo la celebración de la subasta, que finalmente se suspendió a la espera de que el juez se pronuncie sobre las demandas de tercería presentadas por otros tres reversionistas y por la Diputación, que pretendían garantizarse así que se respetan las partes de la finca que reclaman.

La demanda fue interpuesta en su día con los herederos del matrimonio propietario de la finca Santamarina hasta su expropiación, en 1949. En 1999, Flager adquirió de la Fundación San Rosendo el derecho de reversión que la entidad había heredado de una de las hijas del matrimonio.

Posteriormente, la inmobiliaria firmó cuatro contratos en los que se reconocía la condición de herederos de los propietarios originales de la finca y la existencia del derecho de reversión. En ellos, Flager adquiría una opción de compra. Después, la empresa solicitó la reversión a la Diputación. Al negarse ésta, la inmobiliaria presentó un litigio que finalizó con un acuerdo transaccional entre las dos partes.

El Cortes Inglés


La llegada de El Corte Inglés parece ser la única vía para el desarrollo del proyecto de la Finca Santamarina. Flager ha iniciado los contactos con la empresa madrileña para intentar cerrar el acuerdo de venta de la parcela durante el próximo mes de agosto. De no hacerlo, el futuro de los proyectos urbanísticos en la finca estaría en el aire.

No en vano, la inmobiliaria ha supeditado a la llegada de El Corte Inglés el acuerdo con otros tres reversionistas (con los que no había firmado ningún contrato de opción de compra de los derechos), cuya reclamación judicial ha derivado en anotaciones preventivas en el Registro de la Propiedad. Si los grandes almacenes compran la parcela, Flager satisfará la cantidad económica acordada (que ninguna de las partes ha querido desvelar) por los derechos de reversión de estos demandantes y éstos, a su vez, retirarán todos los procesos judiciales abiertos para que se les reconozcan sus derechos sobre la propiedad.

Si la inmobiliaria no llegara a vender la parcela a El Corte Inglés, el acuerdo no se produciría y sería la Justicia la que determinara, en lo que podría ser un largo proceso judicial entre resoluciones y alegaciones, si el porcentaje reivindicado por los reversionistas (en torno a un 30% de la parcela de Flager) les corresponde en propiedad, como ellos reclaman.

Además, de darse esta situación y Flager siguiera sin abonar las cantidades establecidas por la Justicia a los otros cuatro reversionistas con los que habría llegado a un acuerdo, su finca sería subastada -queda por determinar si en su totalidad o si se reservarían los porcentajes reivindicados por los otros demandantes y la propia Diputación-.

Así las cosas, y al margen de los litigios sobre la propiedad, Flager ya ha reconocido en numerosas ocasiones que El Corte Inglés es fundamental para el desarrollo de los proyectos urbanísticos en la finca, que incluyen la construcción de, entre otras cosas, un millar de viviendas.

Mientras, la empresa madrileña ha apostado siempre por no pronunciarse públicamente sobre las diversas vicisitudes que ha atravesado la parcela, si bien ha reiterado en diversas ocasiones que mantiene su interés por implantarse en la ciudad y en la misma ubicación -para la que ya tiene la segunda licencia-. El próximo mes parece, pues, decisivo para que los proyectos en Mariñamansa se acerquen o se alejen, quizá definitivamente.

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