Intentar quedarse con su hija le puede costar 4 años de cárcel

OURENSE. 16.05.2013. COLEGIO MESTRE VIDE, PROTESTA 'JUSTICIA PARA CLAUDIA'. FOTO: MIGUEL ANGEL
photo_camera La concentración de mayo de 2013 a favor de que Claudia se quedara con su madre.

La madre mantiene que trató "legalmente" de que no se fuera con su padre a Oviedo "por su bienestar"

El gran revuelo mediático que suscitó el caso de la menor de seis años cuya madre trató de impedir en 2013, alegando el bienestar de la pequeña y su arraigo en Ourense, que viviera con su padre en Oviedo será desgranado el próximo martes en la sala de vistas del Juzgado de lo Penal 2. María G.M., 44 años, se enfrenta a peticiones de prisión de hasta cuatro años de cárcel (la solicitud de su exmarido), acusada de un delito de sustracción de menores. El ministerio fiscal rebaja la solicitud a dos años (seis meses en caso de desobediencia, la otra alternativa que plantea) así como la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad durante cuatro años. 

La acusación pública basa su escrito de calificación en el hecho de que la progenitora no entregó a la pequeña al padre en abril de 2013, incumpliendo una sentencia del 11 de marzo de ese año dictada por la Audiencia de Oviedo. Sostiene que se ausentó de la ciudad -“la mantuvo oculta en un lugar no determinado”- hasta que el día 17 de junio de ese año se hizo efectiva la entrega . Durante esos días, en la ciudad se sucedieron movilizaciones bajo el lema “Justicia para Claudia”, apoyadas por el propio colegio donde estudiaba la menor e incluso miembros de la clase política o asociaciones de protección de mujeres y niños frente al maltrato, para pedir que se quedara en Ourense.

Por su parte, la denunciada alegó entonces, a través de su padre, José Manuel García Sobrado, abogado de profesión, que la niña permaneció con ella a la espera de que se resolvieran distintos frentes para intentar dejar sin efecto una sentencia que tildó de “injusta” basada, según dice, en una informe psicosocial falso de un juzgado asturiano. La niña en aquel momento residía y estaba escolarizada en la ciudad y trataba de impedir “grave riesgo de daños irreparables”.

La acusada estuvo casada con Carlos M.F. hasta que en febrero de 2010, tras una convivencia complicada por actitudes de "imposición y dominación", puso fin al matrimonio, lo que derivó que se fuese para Ourense con su hija de 10 meses. 

En un primer momento, el Juzgado de Primera Instancia 7 de Oviedo le atribuyó a María G.M. la guarda y custodia de la menor, pero un procedimiento contencioso de modificación de medidas promovido por el exmarido logró la revisión del fallo por parte de la Audiencia de Oviedo, atribuyendo la guarda y custodia al padre. La resolución establecía que la menor debía ser entregada en el momento en que se acreditase la existencia de una plaza de escolarización en un centro educativo de Oviedo. El 30 de marzo el padre, según sostiene, comunicó a la madre acudiría a Ourense a por la pequeña. La negativa dio lugar a otro proceso judicial (demanda de ejecución forzosa en proceso de familia) en el que, mediante auto con fecha de 5 de abril de 2013, se requería a María G.M. para que entregara a la menor a su padre en el domicilio de este último, con la advertencia de que el incumplimiento incurría en un delito de desobediencia. Un segundo auto fechado pocos días después ordenaba a la policía judicial proceder a la averiguación del paradero de la acusada y su hija.

El letrado de la defensa critica la falta de coherencia del ministerio fiscal que,aunque ahora ejerce la acusación, en mayo de 2013 apoyó la madre de la niña en su pretensión de que fuera el Juzgado de Familia de Ourense el que resolviese el mantenimiento de la custodia de la menor a favor de la madre.  La madre alega que que actuó en la convicción de que no existía deber alguno de hacer efectiva la entrega en tanto no se hubiera decidido, de acuerdo con el padre, el lugar en donde debía ser escolarizada en Oviedo. 

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