El juez condena al exdirigente gitano por un delito de amenazas

Raúl Jiménez cumplirá 26 meses de cárcel

La Audiencia provincial condenó a Raúl Jiménez Salazar, el exlíder gitano considerado culpable por un tribunal popular de extorsionar a una trabajadora social del Concello de Ourense y a su marido a través de mensajes de texto con el fin de apropiarse de 6.000 euros, a 26 meses de cárcel por un delito de amenazas condicionales.
El fallo judicial, conocido ayer, tiene en cuenta el veredicto de culpabilidad que dictó el jurado que lo enjuició los pasados días 21, 22 y 23 de noviembre y lo obliga, asimismo, a indemnizar a la funcionaria del Consistorio, Amelia Belmonte -la principal perjudicada-, con la cantidad de 3.500 euros por los daños morales que sufrió.

La sentencia considera probado que el procesado, entre los días 9 y 11 de agosto de 2009, envió reiterados mensajes de texto a la trabajadora social y a su esposo desde distintas cabinas telefónicas, exigiéndoles, bajo amenazas, la entrega de 6.000 euros.

En el último, enviado al teléfono de la víctima el día 11, instaba a Amelia Belmonte a depositar la citada suma de dinero en una papelera ubicada en Castadón (Pereiro de Aguiar). Precisamente fue ese punto en el que, en el marco de un dispositivo policial, los agentes detuvieron a Jiménez Salazar ese día a las 22,30 horas, cuando se dirigía a recoger el montante económico.

Durante el juicio, el encausado alegó que él también había sido víctima de una extorsión, indicando que dos rumanos que lo abordaron en la calle le encargaron que recogiese el dinero y que, de no aceptar, le harían daño a su familia. Estos argumentos, no obstante, no convencieron al jurado que lo juzgó, que consideró 'no probada la existencia de rumanos en el caso' y apreció 'la falta de coartada posible'.

En este sentido, el fallo judicial recoge, en base al veredicto del jurado, que la supuesta participación de los rumanos 'no sólo no es que resulte verosímil, sino que en modo alguno ha quedado acreditada en el plenario'. Así, 'el acusado en ningún momento suministró datos o características físicas de estos, y al contrario, se contradijo en su coartada en diferentes declaraciones'. Jiménez Salazar tampoco justificó, según recoge la sentencia, el motivo por el que 'no puso estas supuestas amenazas' en conocimiento de la Policía, ni la razón por la que no pidió especial cautela a su familia'.

El fallo concluye, asimismo, que el hecho de ser sorprendido en el lugar pactado para la entrega del dinero y la nula verosimilitud de la coartada que ofreció, determinaron que el jurado haya entendido acreditada, 'por unanimidad', la autoría del delito por parte del procesado; rechaza, además, 'los cuestionamientos de la defensa', referentes a la escasa capacidad de escritura del encausado para poder elaborar los mensajes de texto.

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