El fiscal rebajó la pena del empresario de O Barco al reconocer los hechos de los que se le acusaba

Un constructor acepta dos años de cárcel tras indemnizar a la familia a la que había estafado

Avelino Murciego Fernández, en la Audiencia provincial.  (Foto: Miguel Ángel)
La Audiencia provincial acogió ayer el juicio contra Avelino Murciego Fernández, un constructor de O Barco, que tras un acuerdo con el Ministerio Fiscal y al acusación particular, aceptó una condena de dos años de prisión por un delito continuado de estafa. En 1998 y 1999 había vendido varios locales comerciales y un apartamento a una mujer que finalmente no entregó. Tampoco le devolvió el dinero abonado. La víctima falleció, sólo ahora sus herederos consiguen que se haga justicia.
Miguel Ángel


OURENSE


J.T.


Ministerio Fiscal, acusación particular y defensa resolvieron la vista oral por la vía rápida: la del acuerdo. Ello llevó consigo que el acusado, Avelino Murciego Fernández, constructor de O Barco, admitía sin matices su responsabilidad en el delito continuado de estafa que se le imputaba, y a cambio el fiscal rebajaba de cinco a dos años la solicitud de pena de prisión, y la acusación particular ejercida por los afectados, retiraban la acción civil toda vez que, con anterioridad al juicio, Murciego Fernández indemnizaba a los perjudicados. El Ministerio Público apreció en ello la atenuante de ‘reparación del daño causado’, y esa circunstancia facilitó rebajar la carga de la pena de prisión. La sentencia de conformidad, y condenatoria, que en los próximos días emita la Audiencia provincial, estará, pues, circunscrita a los términos pactados ayer.

Los hechos que sentaron ante el tribunal a Avelino Murciego ocurrieron en noviembre de 1998. O comenzaron a ocurrir. El día 13, en calidad de administrador único de la empresa Contratas y Promociones 92 S.L., el acusado vendía en documento privado un local de oficinas en la planta primera de un edificio que se levantaría en un solar entre las calles Doctor Pérez Lista y Nueva Apertura, en O Barco. La parte contratante pagó en el momento de la firma del contrato seis millones de pesetas de entonces (36.000 euros). Los restantes 21.000 euros convenidos fueron abonados el 16 de septiembre del año 1999.

Pero los hechos siguieron complicándose. El 26 de enero y el 16 de septiembre de 1999, las mismas partes pactaron la compraventa de otro local de oficinas, por un montante de 24.000 euros, y de dos apartamentos por 75.000.

El acusado reconoció que firmó los tres contratos referidos a sabiendas de que Promociones y Contratas 92 S.L., entidad mercantil en cuya representación intervenía, no era titular de derecho alguno sobre el solar en el que se levantaría el edificio, atribuyéndose falsamente, sobre el inmueble, una facultad de disposición que nunca tuvo. El solar, que desde febrero de 1996 era propiedad de los padres de Avelino Murciego Fernández, fue inscrito en enero de 2001 en pleno dominio a favor de otra empresa cuyo único administrador era también el acusado. Esa sociedad fue la que declaró la obra nueva sobre dicha finca.

En diciembre de 2000, la mujer que había adquirido parte del edificio, falleció. Sus padres fueron declarados herederos únicos, y el Juzgado de Primera Instancia número 1 de O Barco dictó con fecha de 11 de abril de 2002 sentencia firme que obligaba al acusado a entregar a aquellos la vivienda, o en su caso devolverles las cantidades pagadas. No ocurrió ni una cosa ni la otra. Es más, la verdadera empresa propietaria del edificio efectuó divisiones internas distintas a las inicialmente previstas, y los apartamentos resultantes se vendieron a terceros.

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