Los contadores podrán ser leídos cada 6 meses si lo acepta el usuario

Las lecturas reales de los contadores de la luz deberán realizarlas las empresas distribuidoras cada dos meses y no cada seis y, en caso de que se opte por una periocidad semestral, las eléctricas sólo podrán efectuarlas con la aceptación del consumidor.
El departamento que dirige Miguel Sebastián acordó, además, modificar el apartado tercero de la resolución de 14 de mayo de 2009 para asimilar, en los casos en los que no existe un histórico de consumo, las estimaciones eléctricas tras aumentos o disminuciones de potencia contratada. Una modificación que pretende evitar en estos supuestos que la factura eléctrica sea o bien superior o inferior a la que se deriva de la nueva potencia. Por ello, y hasta que exista un promedio histórico de la nueva potencia contratada.

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