Las entidades afectadas por la sentencia contra cláusulas suelo dejan de aplicarla

BBVA, Caixa Galicia (hoy Novacaixagalicia) y Cajamar no pueden, desde ayer, cobrar la diferencia entre el tipo mínimo de interés y el 'suelo' fijado en sus préstamos hipotecarios, en virtud de la ejecución provisional de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, que declaró nulas por abusivas estas cláusulas.
El plazo de dos meses para el cumplimiento provisional de la sentencia acabó ayer, según el auto de ejecución provisional, dictado el pasado 26 de enero y comunicado a las partes el 11 de febrero. Por su parte, las tres entidades financieras han presentado recurso de oposición al auto de ejecución provisional de la sentencia, que está pendiente de resolución.

Por otro lado, BBVA, Caixa Galicia y Cajamar ya anunciaron, tras conocer la sentencia condenatoria dictada el pasado 30 de septiembre, que dejaban de incluir estas cláusulas en los préstamos hipotecarios firmados desde entonces, aunque insistieron en que se trata de una práctica totalmente legal.

La no aplicación del suelo implica la necesidad de recalcular las cuotas de todos los contratos de préstamo a tipo de interés variable que contengan las cláusulas declaradas nulas.

En el caso de Novacaixagalicia, las afectadas son las cláusulas que establezcan un tipo mínimo de interés del 2,75% y un tipo máximo de interés del 10%. Cajamar, por su parte, vio anuladas por la citada sentencia las cláusulas que establezcan un tipo mínimo de interés del 3,25% y un tipo máximo de interés del 15%.

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