Considera que ha evitado que muchos usuarios se hayan beneficiado del descenso del Euríbor

Un juez anula la cláusula de suelo hipotecaria por abusiva

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla ha dictado la primera sentencia en España que declara abusivas las cláusulas de suelo de las hipotecas, por lo que obliga a un banco y tres cajas de ahorros a eliminarlas y a abstenerse de utilizarlas en los sucesivos contratos, según la sentencia dictada el 30 de septiembre.
Al declarar la nulidad de las cláusulas, el juez Miguel Ángel Navarro explica que el abuso reside en el 'evidente desfase' que existe entre los suelos y techos de los préstamos hipotecarios, que proporciona un beneficio al banco que carece de 'reciprocidad en perjuicio del consumidor'.

Así, la sentencia concluye que mientras el suelo de interés fijado señalado en las cláusulas 'es asumible' por el usuario, el techo supone 'sencillamente imposible', por su desproporcionalidad. 'El tope máximo es tan alto que estadísticamente nunca se va a dar', concluye el juez.

'Es realista pensar, y razonable, que una variación sensible al alza por encima de tal suelo, y aún lejos del 12% o 15% del techo señalado, ni pudiera ser afrontada por nadie o muy pocos', según el dictamen, que se apoya en la Orden Ministerial de 5 de Mayo de 1994 sobre transparencia bancaria.

La cláusula de suelo fija un tope mínimo del porcentaje de intereses a pagar, lo que ha evitado que muchos usuarios se hayan beneficiado de la bajada del Euríbor, principal índice de referencia de en las hipotecas a tipo variable.

En este sentido, el juez concluye que en el proceso de firma de los contratos 'no hay una negociación generalizada', sino que nacen de 'actuaciones unilaterales de las entidades bancarias en función de diversos criterios de su absoluta discrecionalidad frutos de su política de captación de clientes'.

La entidades condenadas son el BBVA, Caixa Galicia y Cajamar. La sentencia no es firme, por lo que las entidades financieras podrán seguir incluyendo estas cláusulas hasta que se resuelvan los recursos de apelación por la Audiencia Provincial de Sevilla.

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