El Consejo de Ministros dio luz verde a la ley de consumo que regula las transacciones a distancia

El plazo para devolver compras por internet pasa de 7 a 14 días

Ana Mato, ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. (Foto: ÁNGEL DÍAZ)
El Consejo de Ministros aprobó ayer el proyecto de Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que refuerza la protección de los ciudadanos en transacciones de comercio electrónico y que, entre otras novedades, amplía el plazo de las devoluciones de siete días a catorce. En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, explicó que con el proyecto se atienden las demandas de un sector en auge y se profundiza en la protección de los derechos de los consumidores.
El proyecto, que incorpora una directiva europea, dota a los usuarios de nuevos derechos en cuanto a plazos de entrega, desestimiento y riesgo de pérdida o deterioro del producto adquirido, dijo Mato.

El objetivo principal es reforzar la seguridad jurídica, tanto de los consumidores como del empresario que formalizan transacciones a distancia y, para ello, introduce medidas encaminadas a reducir la desigualdad de posiciones entre ambas partes, evitando situaciones de desprotección de los compradores.

Amplía la información precontractual que, por ley, habrá que facilitar a los consumidores y usuarios, en general y, en particular, cuando formalicen contratos a distancia. Tendrá que ser clara y comprensible. 'Se trata de eliminar la letra pequeña', ha dicho Mato.

La nueva normativa, que inicia ahora su tramitación parlamentaria, establece que el plazo de catorce días para devolver una compra queda automáticamente ampliado a 12 meses en caso de que no se hubiera informado al consumidor de que puede ejercer ese derecho.


CARGAS ENCUBIERTAS

Otra de las novedades del proyecto son las medidas encaminadas a evitar las 'cargas encubiertas'. Así, el empresario tendrá que velar porque el consumidor, al realizar un pedido a través de internet, confirme que es consciente de que éste implica una obligación de pago. De este modo, el usuario siempre tendrá que aceptar el precio final antes de que concluya la transacción.

Si el empresario no obtiene el consentimiento expreso del consumidor para un pago adicional al acordado y, en su lugar, lo deduce utilizando opciones por defecto, el usuario tendrá derecho al reembolso del pago.

En cuanto a los cargos adicionales que pueden derivarse de los contratos formalizados a distancia, el proyecto establece nuevas reglas. Por ejemplo, en el caso de que el empresario decida habilitar una línea telefónica para comunicarse con sus clientes en relación al contrato, el uso de esta línea no podrá suponer un coste superior al de la tarifa básica.

Además, no podrán facturar al consumidor cargos por el uso de determinados medios de pago que superen el coste al que tienen que hacer frente ellos por el uso de los mismos.

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