El Tribunal Supremo ha rechazado que los marineros del atunero vasco 'Alakrana' secuestrado por piratas somalís en 2009 sean considerados víctimas de terrorismo ya que entiende que el objetivo de los secuestradores era el pillaje.
Los magistrados rechazan esta consideración, que habría permitido a la tripulación acceder a las ayudas e indemnizaciones reconocidas para las víctimas del terrorismo, argumentando que no se ha podido demostrar que los asaltantes del 'Alakrana', que se hacían denominar 'Burcad Badeed (Los que roban en el mar)', pertenecieran a la organización terrorista somalí Shabaab. A su juicio, los informes de la ONU y de la Comisaría General de Información sometidos a la consideración del tribunal de la Audiencia Nacional que juzgó los hechos no tienen poder demostrativo o virtualidad evidenciadora de que el grupo que secuestró el pesquero pertenezca a dicha banda de terroristas. Así consta en una sentencia notificada este lunes por la Sala de lo Penal.
Además, el Supremo rebaja de 439 a 403 los años de cárcel que la Audiencia Nacional impuso a los dos piratas detenidos, Cabdiweli Cabdullahi, alias 'Abdu Willy', y Raageggesey Hassan Aji. La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Aberto Jorge Barreiro, revoca los 36 años de cárcel que se impuso a los acusados por otros tantos delitos contra la integridad moral, al entender que el comportamiento revanchista, vindicativo y coactivo por parte de los secuestradores que permanecían en el barco no puede atribuirse a los dos acusados, que ya estaban detenidos en ese momento.
Esta conducta, que incluyó el simulacro de fusilamiento colectivo o la realización de mofas y burlas a los marineros por el miedo que estaban pasando, se inició, según la resolución del Supremo, cuatro o cinco días después del abordaje del barco como reacción a la detención de los acusados, por lo que no había sido planificada con ocasión de acordar el abordaje.n