Absuelto un abogado de etarras porque indicios contra él eran meras sospechas

La Audiencia Nacional ha absuelto al abogado del Movimiento pro Amnistía Joseba Agudo Mancisidor de actuar como enlace entre etarras huidos en el extranjero y la dirección de la banda al considerar que las pruebas en su contra son 'meras sospechas o impresiones subjetivas y voluntaristas'.
Así lo ha acordado la sección primera de la sala de lo penal de este tribunal en una sentencia en la que consideran probado que el procesado 'ha asesorado y asistido a miembros y ex miembros' de ETA residentes en el extranjero, para lo cual 'viajaba con cierta frecuencia' a Cabo Verde, Venezuela, México, Cuba y otros países.

Sin embargo, 'no ha quedado acreditado' que el letrado -para el que el fiscal pedía nueve años de prisión por pertenencia a ETA- sea la persona que, bajo el pseudónimo de 'Pagoa, informara a la dirección de la banda sobre la situación de los huidos.

Y ello porque el informe pericial de la Guardia Civil en el que se identificaba a Agudo con 'Pagoa', debe 'ser expulsado del procedimiento' porque parte de los documentos en los que se basaba se obtuvieron al margen del proceso 'sin que el instructor -el magistrado Fernando Grande-Marlaska- haya suplido tal deficiencia como director de la investigación y garante de la legalidad'.

De esta forma, el tribunal recoge un documento procedente de una comisión rogatoria cursada por Francia, en cuya 'traducción libre' al castellano se podía leer: 'Por otra parte, te envío una nota para entregársela también a Pagoa (Joseba Agudo)'.

Según la sentencia, 'no hay rastro' del original o copia testimoniada de dicho documento, 'cuando podía y debía haberse solicitado a Francia', lo cual hubiera permitido comprobar si el nombre del acusado 'aparece tal cual en él o si es un añadido bajo la cobertura de lo que se afirma es una traducción libre'.

'Nótese que no deja de ser sorprendente que en un documento interno de una banda criminal, por naturaleza clandestina, se use un seudónimo y seguidamente se ponga el nombre de la persona que se oculta tras él', explica.

De ahí que la sala tenga 'dudas más que razonables sobre si ese paréntesis es un añadido del o los traductores, de la autoridad judicial de emisión de la comisión rogatoria o de los investigadores'.

Además, descarta otros por la 'ausencia de control sobre su origen y forma de ingreso en la causa' ya que, de lo contrario, 'el control de legalidad en la obtención de pruebas desaparecería o, lo que es peor, se residenciaría en los propios investigadores'.

Por el contrario, sí valoran otra documentación intervenida tras la detención en mayo de 2008 en Burdeos (Francia) del exjefe de la banda Francisco Javier López Peña, 'Thierry', en los que se hacía referencia a distintos viajes de 'Pagoa' a Venezuela o Cuba, entre otros.

Una documentación que, no obstante, no permite aclarar si 'Pagoa' es 'un colectivo o una sola persona o que, en todo caso, no es una sola persona la que realiza todas las actividades descritas', posibilidad que, además, 'no consta que se haya investigado'.

Asimismo, el tribunal destaca que la identificación de 'Pagoa' con Joseba Agudo 'es meramente voluntarista o, si se prefiere, válida desde el punto de vista de la hipótesis del investigador, pero inane desde la perspectiva de la prueba en el proceso penal'.

Recuerda además que el propio Agudo reconoció ser un abogado que se dedica a 'asistir a huidos de ETA lo que, por sí solo, no significa que sea de ETA'.

'En conclusión, aun partiendo de la hipótesis de que 'Pagoa' y Joseba Agudo Mancisidor son la misma persona, las pruebas aportadas son, cuando menos, equívocas, adoleciendo la investigación de lagunas y de falta de control que hacen que el tribunal, más allá de meras sospechas o impresiones subjetivas y voluntaristas, pueda tener probado que el acusado es miembro de ETA', concluyen.

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